Qué consecuencias enfrentan hoy los ciudadanos que no voten

No votar hoy conlleva una multa de entre $50 y $500, además de la inscripción en el Registro de Infractores. La sanción aplica a ciudadanos de 18 a 70 años sin justificación válida, la cual debe presentarse en 60 días hábiles ante la Justicia Electoral.

Foto NA

En la jornada de elecciones legislativas de este domingo 26 de octubre, los ciudadanos argentinos tienen el deber cívico de acudir a las urnas para elegir a 127 diputados y 24 senadores nacionales. Aquellos electores, con edades comprendidas entre 18 y 70 años, que no emitan su sufragio y no presenten una justificación válida, enfrentarán sanciones económicas y quedarán inscriptos en el Registro de Infractores al Deber de Votar.

La votación de hoy, que por primera vez utiliza la Boleta Única de Papel (BUP) a nivel nacional, es crucial para definir la composición del Congreso a partir del próximo 10 de diciembre.

Montos de las multas y el Registro de Infractores

La sanción económica por incumplir la obligación de votar está tipificada en el Artículo 125 del Código Electoral Nacional. El monto de la multa se incrementa en caso de reincidencia:

Primera infracción: $50
Segunda infracción: $100
Quinta o más infracciones: $500

Los electores tienen un plazo de 60 días hábiles tras la elección para justificar su ausencia ante la Justicia Electoral. Quienes no lo hagan, además de la multa, quedarán registrados en el Registro de Infractores al Deber de Votar (infractores.padron.gob.ar).

Cómo y cuándo justificar la inasistencia

Para que la ausencia sea considerada válida, los ciudadanos deben presentar la documentación que acredite el impedimento de sufragio. Este procedimiento se realiza de forma digital a través del portal de Infractores.

Las justificaciones aceptadas incluyen:

  • Enfermedad o imposibilidad física: se requiere un certificado médico oficial.

  • Distancia: presentar una constancia policial que certifique que el elector se encontraba a más de 500 kilómetros del lugar de votación.

  • Causales laborales o electorales: presentación de la documentación que demuestre que el ciudadano cumplía una función indispensable o actuó como autoridad o fiscal de mesa en otro distrito.

Una vez que la Justicia Electoral acepta la justificación, la situación del ciudadano se da por regularizada y se elimina del registro.

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