El Poder Legislativo de Nicaragua, bajo el control del oficialismo, aprobó este martes la reforma a los artículos 23 y 25 de la Constitución Política. Con esta modificación, el Estado establece que la nacionalidad nicaragüense se perderá de forma automática al momento de adquirir una extranjera. El cambio constitucional revierte una garantía vigente desde el año 2000, la cual permitía a los ciudadanos mantener su vínculo legal con el país a pesar de naturalizarse en el exterior.
Durante la sesión legislativa, el presidente de la Asamblea Nacional, Gustavo Porras, sostuvo que la soberanía nacional exige una lealtad exclusiva. El diputado argumentó que la nacionalidad representa un compromiso moral. Según la exposición de motivos, el Ejecutivo busca evitar que la ciudadanía sea instrumentalizada por intereses foráneos que el oficialismo califica como injerencistas.
Alcances y excepciones de la norma
La nueva redacción del artículo 23 contempla una única excepción para los originarios de países de América Central. Estos ciudadanos podrán optar a la nacionalidad nicaragüense sin renunciar a la propia. Para el resto de los extranjeros que deseen nacionalizarse en el país, la ley exigirá ahora la renuncia expresa a su ciudadanía de origen.
Ante la inquietud social, Porras aseguró que la reforma no tendrá carácter retroactivo. Esto significa que las personas que ya poseen doble nacionalidad antes de la publicación de la ley en La Gaceta conservarán ambos pasaportes. Sin embargo, juristas independientes señalaron que el principio de irretroactividad fue vulnerado anteriormente, como ocurrió con la Ley No. 1190, que legalizó despojos de nacionalidad.