Requisitos administrativos y control vehicular
El Ministerio de Transporte y la Dirección Nacional de Vialidad ratificaron la vigencia de los controles en los corredores hacia el Atlántico. Para circular sin riesgo de sanciones, los conductores deben portar la Licencia de conducir nacional en formato físico o digital, siempre que esta última no esté vencida.
Asimismo, es imperativo contar con el Documento Nacional de Identidad, la Cédula Verde del vehículo o, en su defecto, la Cédula Azul vigente si el conductor no es el titular registral.
La verificación técnica vehicular (VTV) constituye otro de los pilares del control. Este examen mecánico garantiza que el parque automotor cumpla con estándares mínimos de funcionamiento. A la documentación se suma el comprobante de la póliza de seguro vigente, elemento obligatorio para la cobertura ante eventuales siniestros en la vía pública.
Seguridad activa y elementos de emergencia
Más allá de los papeles, el foco de las autoridades se centró en la prevención de riesgos internos. El uso del cinturón de seguridad es obligatorio para la totalidad de los ocupantes, sin excepciones.
En el caso de menores de edad, se estableció que deben viajar en el asiento trasero utilizando el Sistema de Retención Infantil (SRI) adecuado a su peso y altura, debido a que los cinturones estándar no ofrecen protección suficiente para la anatomía infantil.
En cuanto al equipamiento del vehículo, el matafuegos debe estar cargado, con el sello de vigencia de la autoridad competente y ubicado en un lugar del habitáculo que sea fácilmente accesible para el conductor. Paralelamente, las balizas portátiles deben estar disponibles ante cualquier emergencia que obligue a detener el rodado sobre la banquina, asegurando la visibilidad para el resto de los usuarios de la ruta.