La Justicia federal ordenó el embargo de 60 millones de pesos contra el youtuber Eduardo Prestofelippo tras una denuncia por hostigamiento y discriminación religiosa en sus redes sociales.
La Justicia federal ordenó el embargo de 60 millones de pesos contra el youtuber Eduardo Prestofelippo tras una denuncia por hostigamiento y discriminación religiosa en sus redes sociales.

El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi procesó a Eduardo Miguel Prestofelippo, conocido mediáticamente como “El Presto”, por considerarlo responsable del delito de “promoción de la discriminación religiosa”. La decisión judicial, que no contempla prisión preventiva, impone además un embargo de 60 millones de pesos sobre sus bienes.
El caso tuvo su origen en una denuncia del Centro Islámico de la República Argentina, motivada por un video publicado en febrero de 2025 bajo el título “Musulmanes en la TV abierta Argentina: ¿PELIGRO EN PUERTA?”. En dicha pieza audiovisual, el acusado se refirió a miembros de la comunidad musulmana con terminología denigrante y violenta.
Aunque la defensa podría alegar el ejercicio de la libertad de expresión, el magistrado fue tajante al señalar que los contenidos difundidos superaron ampliamente el marco protector de la Constitución Nacional. Para Martínez De Giorgi, el canal de comunicación utilizado —con más de 159.000 visualizaciones— funcionó como una plataforma para la propagación de mensajes que niegan la dignidad humana de grupos religiosos específicos.
En su resolución, el juez destacó que es imperativo distinguir entre la libre opinión y la difusión de discursos de odio. “El medio y el modo elegidos por el autor han excedido, por mucho, el ámbito del ejercicio de ese derecho”, sentenció el magistrado, calificando el accionar del imputado como intolerable para la convivencia democrática.
En el video analizado, Prestofelippo calificó al Islam como una “secta” y utilizó epítetos como “basuras inmundas”, “parásitos” y “ratas” para aludir a quienes profesan dicha fe o integran esa cultura. El fallo judicial resalta que el youtuber no solo emitió opiniones, sino que instigó a sus seguidores a “vigilar” a la comunidad musulmana y a evitar que se integraran en escuelas o barrios, bajo la premisa de que actuaban como agentes infecciosos para la patria.
Al procesarlo, el juez consideró probado que “El Presto” obró con pleno conocimiento del impacto de sus palabras y con la intención deliberada de alcanzar una difusión masiva. El fallo concluye que tales manifestaciones resultan incompatibles con el orden jurídico argentino, ya que no contribuyen al debate público, sino que erosionan las bases del respeto mutuo y la diversidad social necesarias en cualquier sociedad pluralista.
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