El abogado Eduardo Gerard presentó un recurso ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos cuestionando la validez de las pericias y la falta de perspectiva de género.
El abogado Eduardo Gerard presentó un recurso ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos cuestionando la validez de las pericias y la falta de perspectiva de género.

Un nuevo capítulo judicial se abre en torno a la condena de Nahir Galarza. La reciente representación legal de la joven presentó ante la Sala Penal N° 1 del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) un pedido formal para revisar la sentencia a prisión perpetua dictada por el homicidio de Fernando Pastorizzo, ocurrido en diciembre de 2017 en la ciudad de Gualeguaychú.
El recurso fue impulsado por el abogado Eduardo Gerard, quien asumió la defensa tras la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de rechazar en julio de 2024 el último recurso extraordinario. La presentación se fundamenta en el artículo 527 del Código Procesal Penal de Entre Ríos, herramienta que permite revisar sentencias firmes ante escenarios excepcionales.
La estrategia de la nueva defensa se estructura sobre dos pilares principales: la utilización de una prueba pericial calificada como falsa y una aplicación de la ley penal que resultó más gravosa para la acusada. El primer cuestionamiento apunta a la actuación de la perito de la Policía de Entre Ríos, Gabriela Laiño, licenciada en Bromatología, quien realizó el peritaje sobre el teléfono celular de Galarza.
Aquel informe, compuesto por unas 1.500 páginas, constituyó un elemento probatorio central durante el juicio para dar por acreditada la relación de pareja entre ambos y justificar la figura del homicidio agravado por el vínculo.
En segundo lugar, la apelación sostiene que el juzgamiento no se realizó bajo una perspectiva de género y exige considerar fallos recientes de la Corte Suprema nacional y del propio tribunal provincial.
La defensa impugna la manera en que se dio por sentado el vínculo sentimental, argumentando que no se analizaron adecuadamente requisitos penales indispensables, tales como la existencia de un proyecto de vida en común.
Respecto al desarrollo de la causa y el panorama frente a la condena, la propia Nahir Galarza manifestó recientemente: “No sirve de nada que pida perdón”. Corresponderá ahora a la Sala Penal N° 1 del STJ evaluar los elementos expuestos y resolver si habilita el trámite de revisión sobre el fallo unánime establecido en julio de 2018.
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