Capital Humano buscará revertir el fallo que frenó 83 artículos de la Ley de Modernización Laboral. La Justicia dictó una cautelar tras el reclamo de la CGT para evitar daños irreparables en las relaciones de trabajo.
Capital Humano buscará revertir el fallo que frenó 83 artículos de la Ley de Modernización Laboral. La Justicia dictó una cautelar tras el reclamo de la CGT para evitar daños irreparables en las relaciones de trabajo.

El Ministerio de Capital Humano confirmó este lunes que apelará la resolución del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63. La medida judicial dispuso la suspensión provisoria de un conjunto de artículos incluidos en la Ley 27.802, conocida como de Modernización Laboral. Con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, el Poder Ejecutivo intentará restablecer la vigencia de la norma sancionada por el Congreso.
La decisión oficial surgió tras conocerse el fallo que hizo lugar al planteo de la Confederación General del Trabajo (CGT). La central obrera cuestionó la constitucionalidad de las modificaciones, argumentando que afectan derechos fundamentales como la protección laboral y la libertad sindical.
En respuesta, la cartera conducida por la ministra Sandra Pettovello sostuvo que agotará las instancias judiciales para defender lo que considera una expresión de la mayoría legislativa.
El juez a cargo del tribunal determinó que la suspensión es de carácter preventivo. Según el magistrado, la intervención busca garantizar el equilibrio entre los poderes del Estado y evitar consecuencias difíciles de revertir si la ley se aplicara antes de una sentencia definitiva. El fallo remarcó que, para dictar esta cautelar, basta con verificar una apariencia razonable de derecho sin necesidad de una certeza absoluta sobre el fondo del asunto.
Representantes del Estado Nacional habían objetado la demanda sindical alegando falta de legitimación de la CGT para representar a la totalidad de los trabajadores. Sin embargo, la Justicia consideró que el reclamo posee un carácter colectivo. Entre los puntos suspendidos destacan la eliminación de la presunción de relación laboral, los cambios en el régimen de jornada y vacaciones, y la derogación de la Ley de Teletrabajo (N° 27.555).
Mientras el expediente continúe su curso en el fuero laboral, los derechos y garantías reconocidos en la legislación anterior permanecerán vigentes. Esto incluye las normativas sobre despidos, condiciones salariales y las reglas de representatividad sindical que regían antes de la sanción de la nueva norma.
El Gobierno insistió en que estas reformas son herramientas fundamentales para fomentar el empleo formal y mejorar la competitividad del mercado argentino.
La resolución judicial abre un período de incertidumbre sobre la aplicación efectiva de la nueva normativa laboral. Si bien el Gobierno apuesta a la revisión de la cautelar para avanzar con su programa de gestión, queda pendiente la resolución sobre la constitucionalidad de los artículos impugnados. ¿Lograrán los tribunales establecer un equilibrio entre la necesidad de reforma económica y la preservación de los derechos adquiridos?
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