El máximo tribunal desestimó el pedido de intervención directa por la reforma laboral

La Corte Suprema rechazó por “inadmisible” el pedido de per saltum del Gobierno para validar la reforma laboral. El tribunal consideró improcedente el recurso porque la causa ya se tramita en cámaras de apelaciones, manteniendo así su vigencia actual.

Corte Suprema de la Nación

La Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que es inviable el recurso de per saltum interpuesto por la Procuración del Tesoro para dirimir la validez constitucional de la normativa de modernización laboral. Los magistrados Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz concluyeron que la solicitud gubernamental carece de los presupuestos legales necesarios, calificándola como improcedente. El argumento central del tribunal radica en que no existe un “salto de instancia” posible cuando el proceso ya ha superado el primer estrato judicial y se encuentra actualmente bajo análisis en las cámaras de apelaciones de los fueros Contencioso Administrativo y del Trabajo.

La estrategia legal del Poder Ejecutivo, encabezada por Sebastián Amerio, pretendía que la Corte asumiera el control inmediato del expediente para blindar los artículos de la ley sancionada en febrero, los cuales habían sido objeto de controversia tras fallos de primera instancia que limitaban su alcance. No obstante, el máximo tribunal recordó que este tipo de medidas extraordinarias solo se aplican frente a sentencias definitivas de jueces de grado y no cuando la causa ya está en etapas superiores. Con esta resolución, la reforma laboral aprobada por el Congreso mantiene su vigencia plena mientras continúa el derrotero procesal en los tribunales de segunda instancia.

Por su parte, la Confederación General del Trabajo (CGT) mantiene su postura de que el conflicto debe ser resuelto exclusivamente por la justicia laboral, argumentando que la especialización en la materia es indispensable para un fallo equitativo. La central obrera cuestionó la interpretación de la Corte y sigue adelante con las recusaciones contra magistrados de la Cámara del Trabajo que otorgaron efectos suspensivos a las apelaciones oficiales. De este modo, el escenario judicial queda dividido: mientras la Cámara Contencioso Administrativo Federal debe pronunciarse sobre el fondo de la ley, la Cámara Laboral deberá definir la composición de sus salas para tratar los reclamos gremiales, dejando en manos de la Corte únicamente los futuros conflictos de competencia entre fueros.

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