Tras analizar la solvencia económica de la conductora, el Tribunal de Milán denegó su solicitud de manutención y dispuso que ambos progenitores financien en partes iguales los gastos de sus hijas menores de edad.
Tras analizar la solvencia económica de la conductora, el Tribunal de Milán denegó su solicitud de manutención y dispuso que ambos progenitores financien en partes iguales los gastos de sus hijas menores de edad.

El Tribunal Ordinario de Milán rechazó la solicitud de pensión alimentaria y compensatoria presentada por la conductora televisiva Wanda Nara contra su exmarido, el futbolista Mauro Icardi. La resolución de la jueza Anna Cattaneo determinó que la empresaria posee una sólida situación patrimonial que impide la aplicación de estos beneficios legales.
La resolución de la Sección Novena Civil del tribunal italiano desestimó los reclamos de la presentadora tras analizar de manera detallada los activos de ambas partes. Según la documentación del caso, la magistrada constató que la demandante percibe ingresos elevados, administra inversiones significativas y es propietaria de una empresa con un valor patrimonial importante.
Asimismo, el texto judicial remarcó que cuenta con propiedades inmobiliarias tanto en Argentina como en Italia, además de poseer juventud y capacidad profesional para continuar generando recursos propios.
La defensa de la conductora intentó inicialmente suspender el procedimiento en Italia argumentando la existencia de un litigio paralelo y solicitando la aplicación de la legislación argentina. No obstante, la jueza Cattaneo desestimó la postergación al considerar que la normativa italiana era la adecuada para resolver la controversia.
Respecto al marco legal de Argentina, el fallo señaló que el Código Civil y Comercial de ese país eliminó la figura de la separación legal, manteniendo únicamente el divorcio, donde las compensaciones económicas tienen un carácter residual y están limitadas en el tiempo, lo que tampoco justificaba el reclamo de mantener el nivel de vida del matrimonio.

Paralelamente, la resolución judicial modificó los criterios de sustentación del esquema familiar. Al determinarse la prosperidad económica de ambos cónyuges, la justicia dispuso que la manutención y los alimentos de las hijas de la pareja deberán ser cubiertos en partes iguales por ambos progenitores, distribuyendo la carga financiera al 50 por ciento.
Por otra parte, el tribunal consideró que los ingresos actuales del futbolista no resultaban determinantes para la resolución del reclamo de su exesposa, dada la autonomía financiera de la demandante.
El documento judicial observó, asimismo, que los montos percibidos por el delantero presentan variables que dependen de la continuidad y el rendimiento de sus contratos profesionales, en momentos donde aún no se encuentra definido su futuro deportivo posterior al vencimiento del vínculo con el club Galatasaray de Turquía.
El proceso civil en Europa suma de este modo una definición central en la liquidación de las obligaciones mutuas, aunque las partes mantienen todavía abiertos otros expedientes derivados de su divorcio.
La resolución judicial deja planteado el debate sobre los límites de las obligaciones conyugales cuando ambos miembros de la pareja poseen independencia económica. ¿Establecerán los tribunales internacionales criterios cada vez más estrictos para evaluar la vulnerabilidad financiera en los divorcios de alta densidad patrimonial?
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