La agenda legislativa impulsada por la administración central sumó una propuesta disruptiva destinada a reconfigurar la Ley General de Sociedades mediante la incorporación de figuras jurídicas adaptadas a la economía digital contemporánea. El pliego normativo, diseñado bajo la tutela del Ministerio de Desregulación a cargo de Federico Sturzenegger, promueve la inserción de las Organizaciones Autónomas Descentralizadas y de las corporaciones automatizadas en el mapa corporativo formal. Esta iniciativa busca dotar de un encuadre institucional a múltiples actividades vinculadas al ecosistema de los criptoactivos y la informática que actualmente se desarrollan en los márgenes del esquema regulatorio tradicional, permitiendo la constitución de entidades cuyos procesos decisorios prescinden de asambleas físicas y operan de forma autónoma mediante contratos inteligentes programados sobre cadenas de bloques.
La reforma plantea un cambio de paradigma en la gobernanza empresarial al suplantar las estructuras jerárquicas convencionales y los directorios por sistemas de votación digital basados en activos criptográficos denominados tokens. En el caso de las firmas automatizadas, la legislación prevé que las tareas logísticas, de facturación y de administración de servicios sean ejecutadas íntegramente por agentes informáticos programados y modelos de inteligencia artificial, abriendo la posibilidad de que operen sin la necesidad de incorporar nóminas de personal en sus rutinas diarias. Los consideratorios del texto oficial remarcan que la ausencia de un canal legal adecuado para estas nuevas modalidades de asociación económica genera focos de informalidad e incertidumbre jurídica que atentan contra la transparencia de las transacciones comerciales en el mercado interno.
El debate en los círculos especializados en derecho societario se concentra en el alcance de las obligaciones financieras y la adjudicación de responsabilidades ante perjuicios a la ciudadanía. Si bien la normativa estipula que este tipo de organizaciones responderá con la totalidad de sus activos ante reclamos de terceros o fallas en sus algoritmos, expertos del ámbito de la consultoría corporativa señalan que los estatutos constitutivos deberán designar de manera obligatoria a un individuo físico como apoderado legal. El nuevo escenario abre interrogantes respecto al rol fiscalizador que asumirá la Comisión Nacional de Valores sobre las emisiones de títulos digitales y genera expectativas similares a las que acompañaron la implementación de los formatos societarios simplificados en el pasado, orientados a agilizar la creación de valor y desburocratizar el entorno de negocios del país.