El Gobierno porteño reglamentó el Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal para refinanciar deudas de tarjetas y préstamos bancarios en mora. El plan ofrece una tasa fija máxima del 35% anual y plazos de 24 meses a través del Banco Ciudad.
El Gobierno porteño reglamentó el Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal para refinanciar deudas de tarjetas y préstamos bancarios en mora. El plan ofrece una tasa fija máxima del 35% anual y plazos de 24 meses a través del Banco Ciudad.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reglamentó el Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal, una iniciativa que busca auxiliar a los hogares porteños con morosidad en tarjetas de crédito y préstamos personales. La medida fue oficializada tras su publicación en el Boletín Oficial y comenzará a aplicarse a partir del 3 de agosto.
Condiciones clave del plan de refinanciación:
Tasa de interés: Tasa Nominal Anual (TNA) fija con un tope máximo del 35%.
Plazo de pago: Período mínimo de devolución establecido en 24 cuotas mensuales.
Ventana de solicitud: Plazo de 60 días para gestionar el beneficio desde el 3 de agosto.
La herramienta financiera estará canalizada de manera centralizada a través del Banco Ciudad, aunque se habilitó la adhesión voluntaria de otras entidades bancarias del sistema. El objetivo central reside en aliviar la carga económica de la clase media mediante la reestructuración de pasivos en mora.
En relación con los alcances del programa, el Jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, destacó: “Las familias porteñas podrán refinanciar sus deudas con tarjetas de crédito y préstamos en mora con más plazo y una tasa de interés fija. Es un alivio para la clase media que trabaja, se esfuerza y quiere ponerse al día”.
El beneficio abarca exclusivamente a deudas de consumo contraídas con bancos hasta el 1° de junio de 2026. La norma excluye de forma taxativa a los pasivos acumulados en billeteras virtuales, acreedores fintech, créditos prendarios, deudas hipotecarias o compromisos derivados de actividades comerciales empresariales.
Para acceder al financiamiento, las familias solicitantes deberán acreditar residencia real en CABA con una antigüedad mínima de dos años. Asimismo, la liquidación de las cuotas adeudadas debe representar más del 30% de los ingresos mensuales totales del grupo familiar.
En materia de ingresos, los postulantes no podrán superar el equivalente a diez salarios mínimos, monto que actualmente representa 3.678.000 pesos mensuales. A su vez, los titulares deberán estar calificados en Situación 2 o 3 de la Central de Deudores del Banco Central al 1° de junio.
De forma complementaria, la reglamentación contempla un estricto esquema de exclusiones patrimoniales para restringir el universo de beneficiarios. Quedan marginados del programa los propietarios de más de un inmueble o de vehículos con menos de cinco años de antigüedad.
Tampoco podrán acceder titulares de embarcaciones, aeronaves o activos financieros que superen el monto total de la deuda reclamada. En igual sentido, se denegará el trámite a personas que hayan comprado divisas extranjeras durante el período de generación del pasivo.
Las entidades financieras privadas que decidan sumarse a la iniciativa contarán con un beneficio fiscal específico. La normativa establece una reducción del 50% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos respecto de los intereses percibidos por los créditos otorgados bajo esta línea especial.
Pese a este incentivo impositivo, referentes del sector bancario privado adelantaron que mantendrán sus propios planes de reestructuración individual. Las firmas prefieren negociar acuerdos personalizados con clientes morosos en lugar de plegarse a un programa masivo, contando con plazo hasta el 31 de julio para adherir.
Por último, la ley encomienda al Banco Ciudad crear una línea de refinanciación focalizada a través de Ciudad Microempresas S.A.U. Este tramo específico estará orientado a trabajadores no registrados y emprendedores que registren atrasos de entre 60 y 180 días con la banca pública porteña.
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