Un fallo de primera instancia declaró inconstitucional el decreto con que el Ejecutivo frenó la norma. El juez Martín Cormick hizo lugar a los amparos del CIN y la UBA y dispuso que el Poder Ejecutivo garantice el cumplimiento de la ley.
Un fallo de primera instancia declaró inconstitucional el decreto con que el Ejecutivo frenó la norma. El juez Martín Cormick hizo lugar a los amparos del CIN y la UBA y dispuso que el Poder Ejecutivo garantice el cumplimiento de la ley.

La Justicia federal declaró inconstitucional el decreto con que el Gobierno había suspendido la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó su cumplimiento inmediato. El juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11, hizo lugar a los amparos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), universidades y docentes, junto con una demanda de la Universidad de Buenos Aires (UBA).
En concreto, la sentencia invalida la cláusula del Decreto 759/2025 que supeditaba la ejecución de la norma a la definición de recursos presupuestarios. La declaración de inconstitucionalidad alcanza la expresión “sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N°24.629”, que el Poder Ejecutivo había utilizado para promulgar la ley pero mantenerla en suspenso.
Cormick dispuso que el Ejecutivo dicte las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias para garantizar el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario”. Se trata de una resolución de primera instancia, que se suma a las medidas cautelares previas que ya obligaban a actualizar salarios y becas.
El magistrado consideró que el mecanismo utilizado por el Ejecutivo constituyó un “mecanismo extraconstitucional” para bloquear la ejecución de una ley que había sido ratificada por ambas cámaras del Congreso. En sus fundamentos, señaló que el artículo 9 de la Ley 27.795 ya contempla herramientas para financiar las medidas sin necesidad de una nueva ley de partidas.
Ese apartado dispone la adecuación de partidas presupuestarias y permite utilizar los ingresos corrientes que se recauden por encima de lo previsto en el presupuesto, sin afectar la coparticipación de las provincias ni los aportes del Tesoro Nacional. El juez también mencionó una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso, según la cual el costo de la norma para 2025 representaba el 0,23% del Producto Bruto Interno (PBI).
“Suspender la aplicación de una Ley entendiendo que se ha omitido precisar con exactitud las fuentes de financiamiento cuando existe un artículo que da pautas sobre la cuestión, deviene irrazonable”, sostuvo Cormick en su argumentación. Para el magistrado, el Decreto 759/25 “no supera un test mínimo de razonabilidad” al permitir suspender una ley en la que el Congreso insistió con mayorías agravadas.
La disputa comenzó después de la aprobación de la ley, en agosto de 2025. El Congreso de la Nación aprobó la Ley 27.795 el 22 de agosto de ese año. Luego fue vetada por el presidente Javier Milei y volvió a pasar por ambas cámaras, que la ratificaron en octubre con más de dos tercios de los votos.
Ante la imposibilidad de volver a vetarla, el Gobierno promulgó la norma mediante el Decreto 759/25, pero dejó su aplicación en suspenso hasta que el Parlamento definiera de dónde saldrían las partidas para financiar dichos gastos. El Ejecutivo se basó en el artículo 5° de la Ley N°24.629, que dispone que toda ley que autorice gastos debe prever en forma expresa el financiamiento.
En consecuencia, el CIN y diversas universidades nacionales interpusieron una acción de amparo colectiva para que se declarara la inconstitucionalidad del Decreto 759/2025 y se ordenara al Poder Ejecutivo el cumplimiento inmediato de la ley. El 23 de diciembre de 2025, Cormick dictó una medida cautelar que declaró inaplicable el segmento suspensivo del decreto y ordenó cumplir de modo inmediato los artículos 5° y 6° de la norma.
La Ley de Financiamiento Universitario establece mecanismos de recomposición de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas y de los ingresos de sus trabajadores. También dispone la incorporación de sumas no remunerativas y no bonificables a los salarios básicos y la actualización de los programas de becas según la inflación.
La norma prevé recursos para investigación, infraestructura, equipamiento, tecnología y extensión universitaria, con el objetivo de sostener el acceso, la permanencia y la graduación de los estudiantes. Según estimaciones del sistema universitario, el cumplimiento de la ley implicaría una recomposición salarial cercana al 33%.
El Gobierno pagó el aumento salarial –21,33% para junio y un 3% adicional en octubre– y el aumento para las becas Manuel Belgrano, pero no pagó el 20% de incremento para los gastos de funcionamiento ni la partida extra para los hospitales universitarios, de 50.000 millones de pesos, porque no se desactivó el reclamo judicial.
El Presupuesto 2027 presentado por el Gobierno sigue incumpliendo la ley de financiamiento, según los rectores. Se estima destinar alrededor de 7,3 billones de pesos para el funcionamiento de las universidades nacionales el año que viene. Los rectores, en cambio, habían adelantado que, para ajustarse a la ley, serían necesarios 11 billones de pesos, casi un 50% más de lo que contempla el proyecto oficial.
Mantiene los valores del período 2024-2026, lo que consolida un 24,9% menos, en términos reales, que el presupuesto 2023, según la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ). Luego de haber rechazado el 3% de aumento que ofreció el Gobierno en las dos reuniones paritarias de septiembre, los gremios anunciaron nuevas medidas de fuerza y la Quinta Marcha Federal Universitaria para el 15 de octubre.
A diferencia de las medidas de fuerza anteriores, donde la movilización tuvo como escenario principal la Plaza de Mayo, el destino final de esta convocatoria era el Palacio de Tribunales.
La propuesta fue ratificada por el CIN, que convocó a movilizar “en defensa de la universidad pública argentina”. Después trasladaron la movilización al Congreso, porque la fecha coincide con la sesión especial que busca activar la oposición en la Cámara de Diputados.
El fallo de Cormick es de primera instancia y ordena al Ejecutivo garantizar el cumplimiento inmediato de la ley, pero la implementación concreta dependerá de los actos administrativos que se dicten y de la ejecución presupuestaria que se efectivice. El Gobierno podría apelar la decisión y llevar el caso a la Corte Suprema.
Mientras tanto, los rectores fueron nuevamente a buscar apoyo a su pedido en el Congreso. Explicaron su presupuesto y pidieron modificaciones razonables en una reunión convocada por Unión por la Patria en el auditorio del anexo A del Parlamento. La semana pasada también se reunieron los gremios con el Gobierno, que volvió a ofrecer un aumento del 3%, la misma oferta que en la reunión anterior.
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