La provincia introdujo cambios profundos en la normativa vial para modernizar el control y endurecer las sanciones ante conductas peligrosas. La reforma regula el uso de luces diurnas modernas en las rutas cordobesas.
La provincia introdujo cambios profundos en la normativa vial para modernizar el control y endurecer las sanciones ante conductas peligrosas. La reforma regula el uso de luces diurnas modernas en las rutas cordobesas.

El Gobierno de la Provincia de Córdoba publicó este enero de 2026 la Ley N.º 11.096 en el Boletín Oficial. La normativa modifica la histórica Ley de Tránsito N.º 8.560 con un enfoque centrado en la prevención, la digitalización de los procesos y la actualización del régimen de faltas.
Uno de los puntos más innovadores de la reforma es la incorporación de la reiterancia.
A diferencia de la reincidencia tradicional, esta se configura cuando un conductor comete nuevas infracciones antes de que la sanción anterior quede firme. En estos casos, la autoridad podrá aplicar medidas preventivas y agravar la multa final.
Además, la ley busca un enfoque más pedagógico al sumar herramientas sancionatorias que trascienden lo económico:
Trabajo comunitario: Podrá cumplirse en instituciones de bien público o dependencias estatales.
Instrucciones especiales: Obligatoriedad de asistir a cursos educativos o programas terapéuticos sobre convivencia ciudadana y seguridad vial.
Una de las consultas más frecuentes de los conductores cordobeses ha sido resuelta: la regulación de las luces diurnas automáticas (DRL).
La nueva ley reconoce a los sistemas DRL como una alternativa válida a la luz baja durante el día, siempre que las condiciones de visibilidad sean óptimas.
Sin embargo, la normativa es tajante respecto a la seguridad en condiciones adversas. El uso de la luz baja sigue siendo obligatorio, sin excepciones, en situaciones de niebla, lluvia intensa, neblina, humo o polvo, incluso para vehículos equipados con tecnología DRL.
La reforma también responde a la necesidad de agilizar los procesos administrativos. Se habilitó formalmente el uso de dispositivos electrónicos y medios digitales para la constatación y registro de infracciones, así como para las notificaciones remotas.
Para aquellos conductores que se encuentren a más de 60 kilómetros del lugar donde se cometió la falta, la ley refuerza el criterio de interjurisdiccionalidad. Ahora, los infractores podrán tramitar su descargo en su jurisdicción de origen a través de plataformas digitales oficiales, evitando traslados innecesarios.
Finalmente, la Ley N.º 11.096 —sancionada el 29 de diciembre de 2025— actualiza el Cuadro General de Infracciones, tipificando con mayor precisión conductas graves como las picadas ilegales, la conducción temeraria y la fuga tras un siniestro. Con esta reforma integral, Córdoba busca reducir la siniestralidad y adaptar sus rutas a los estándares tecnológicos globales.
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