El tribunal penal rechazó un recurso del cabo Héctor Guerrero, acusado de herir de gravedad al fotógrafo Pablo Grillo en el Congreso. La justicia ratificó que el efectivo disparó su lanzagases de forma antirreglamentaria.
El tribunal penal rechazó un recurso del cabo Héctor Guerrero, acusado de herir de gravedad al fotógrafo Pablo Grillo en el Congreso. La justicia ratificó que el efectivo disparó su lanzagases de forma antirreglamentaria.

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal ratificó el procesamiento del cabo primero de la Gendarmería Nacional, Héctor Jesús Guerrero. Los jueces Alejandro Slokar, Guillermo Yacobucci y Angela Ledesma declararon inadmisible el recurso de queja presentado por la defensa del uniformado, quien está acusado de lesionar gravemente al fotorreportero Pablo Nahuel Grillo durante una manifestación en 2025.
El tribunal fundamentó su decisión en la existencia de la “doble conformidad judicial“, señalando que la defensa no logró argumentar una cuestión federal que permitiera la intervención de una instancia extraordinaria.
De esta manera, quedó firme la investigación liderada por la jueza María Servini, que imputa a Guerrero por lesiones gravísimas agravadas por el abuso de su función, en concurso con abuso de armas.

Los hechos se produjeron el 12 de marzo de 2025 en las inmediaciones del Congreso Nacional, en el marco de una movilización en defensa de los jubilados. Según consta en el expediente, Guerrero operaba una pistola lanzagases marca “Federal y Halcón” cerca de la intersección de las calles Hipólito Yrigoyen y Solís.
Las pericias balísticas y el análisis de registros audiovisuales resultaron cruciales para la causa. Los informes determinaron que el gendarme efectuó disparos con una inclinación de apenas 1.5 grados, una posición casi horizontal que contradice los protocolos de seguridad.
Dichas normativas establecen que estas armas deben dispararse en una parábola de 45 grados para que el cartucho pierda fuerza antes de caer; al hacerlo de forma directa, el gas lacrimógeno se convierte en un proyectil con capacidad letal.
A las 17:18 de aquella jornada, uno de los proyectiles impactó en el cráneo de Grillo, quien se encontraba a 50 metros de distancia registrando la protesta. El fotógrafo sufrió una fractura expuesta y hematomas cerebrales que derivaron en cirugías de alta complejidad, incluyendo una craneoplastía bilateral.

Tras recibir el alta médica a principios de 2026, Pablo Grillo regresó a su domicilio en Lanús, donde continúa con tratamientos diarios para paliar las secuelas neurológicas y motoras.
Recientemente, el fotorreportero firmó su presentación como querellante en la causa, lo que le permite impulsar la investigación no solo contra Guerrero, sino también contra otros integrantes de la fuerza y posibles responsables políticos.
La resolución de Casación despeja el terreno para que la causa avance hacia el debate oral y público. En esta instancia se deberá determinar la responsabilidad definitiva del cabo primero y si existieron órdenes superiores que avalaran el uso antirreglamentario del equipamiento de dispersión.
El Caso Grillo reabre el interrogante sobre los límites del accionar de las fuerzas de seguridad en contextos de protesta social. Ante la confirmación del procesamiento, queda pendiente definir hasta qué punto la cadena de mando es responsable por las tácticas empleadas en la vía pública. ¿Sentará este fallo un precedente sobre el uso de armas menos letales en futuras movilizaciones?
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