Escenario judicial dividido para Lázaro Báez entre la Corte y nuevos beneficios legales

La Corte Suprema rechazó cerrar una causa contra Lázaro Báez por evasión en Austral Construcciones. Sin embargo, un tribunal lo sobreseyó parcialmente al aplicar la nueva Ley de Inocencia Fiscal, que elevó los montos mínimos para procesar delitos tributarios.

El máximo tribunal del país desestimó un recurso planteado por el entorno legal de Lázaro Báez, que buscaba clausurar un expediente por irregularidades tributarias y de seguridad social ligadas a Austral Construcciones. Los magistrados Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz consideraron que la presentación no cumplía con los requisitos técnicos necesarios al no dirigirse contra una resolución de carácter definitivo. La defensa pretendía que se declare la extinción de la acción penal bajo el argumento de haber cancelado una deuda millonaria en el marco de la quiebra de la firma, postura que fue rechazada tanto por la fiscalía como por la AFIP al no considerarse una reparación integral ni actualizada de los montos adeudados.

El impacto de la Ley de Inocencia Fiscal en las causas de Austral Construcciones

A pesar del revés en la Corte, el empresario santacruceño obtuvo una resolución favorable en el Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3. Gracias a la implementación de la reciente normativa de “Inocencia Fiscal”, Báez y otros once implicados fueron sobreseídos parcialmente. Esta legislación, promovida por la actual gestión de gobierno, elevó significativamente los umbrales económicos necesarios para tipificar el delito de evasión. Como resultado, las deudas reclamadas por IVA y Ganancias correspondientes a los ejercicios 2010, 2011, 2013 y 2014 quedaron por debajo de los nuevos límites legales de 100 millones de pesos, provocando el cierre de esos tramos de la investigación por atipicidad.

Sobreseimientos masivos y el futuro del juicio oral

La decisión del tribunal no solo beneficia al titular de la constructora, sino que se extiende a sus hijos Martín, Luciana y Leandro, además de a diversos directivos y colaboradores de la empresa. Aunque el fiscal Diego Velasco se opuso a la aplicación retroactiva de la norma, argumentando que se trata de una mera actualización por inflación y no de una ley penal más benigna, los jueces Jorge Zabala, Fernando Machado Pelloni y Karina Perilli validaron el pedido de la defensa. De este modo, el juicio oral que deberá enfrentar Báez se reducirá exclusivamente a los hechos registrados en el período fiscal 2012, el único que supera los montos mínimos establecidos por la nueva reforma para ser considerado un delito punible.

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