La Corte Suprema revocó un fallo que redujo penas a una banda de evasores en Mendoza. El tribunal advirtió que los jueces deben cumplir las leyes del Congreso, incluso si consideran que sus escalas penales resultan inconvenientes.
La Corte Suprema revocó un fallo que redujo penas a una banda de evasores en Mendoza. El tribunal advirtió que los jueces deben cumplir las leyes del Congreso, incluso si consideran que sus escalas penales resultan inconvenientes.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó un fallo de alto impacto institucional al recordar que los jueces carecen de facultades para modificar las penas establecidas por el Poder Legislativo.
Los magistrados Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti sostuvieron que el desacuerdo con una norma o su inconveniencia no autorizan a los tribunales a ignorar su aplicación.
Dicha resolución revocó una sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal. Aquel tribunal había reducido las condenas a un grupo de personas implicadas en una asociación ilícita tributaria, fijando penas por debajo del mínimo de tres años y seis meses que establece la Ley 24.769. Según el Máximo Tribunal, apartarse de la letra de la ley sin declarar su inconstitucionalidad constituye un acto arbitrario que vulnera la división de poderes.
El origen del conflicto judicial se remonta a una investigación sobre una “usina” de facturas falsas que operó hasta octubre de 2015. La organización operaba en Mendoza, Buenos Aires, San Juan, Misiones, Neuquén y Chubut. El esquema consistía en reclutar personas insolventes para inscribirlas ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y crear sociedades ficticias.
Estas entidades emitían comprobantes que permitían a diversos contribuyentes evadir impuestos mediante la simulación de costos inexistentes. En junio de 2020, el Tribunal Oral Federal 2 de Mendoza condenó a 29 personas.
Pablo Gabriel Prete Licata recibió una pena de siete años y seis meses de prisión, mientras que Sergio Arturo Delfino fue sentenciado a siete años, ambos señalados como líderes de la banda.
La Cámara de Casación, al revisar el caso, consideró que aplicar el mínimo legal de tres años y seis meses a ciertos partícipes resultaba “irrazonable” por las características del proceso. No obstante, omitieron impugnar la validez constitucional de la norma, limitándose a crear una excepción de hecho.
Frente a esto, la Corte Suprema fue tajante al señalar que la misión de los magistrados no es juzgar la política criminal del Congreso. El fallo remarcó que el artículo 1 de la Constitución Nacional impide a los jueces actuar como legisladores para crear escalas penales no previstas. Asimismo, subrayó que la determinación abstracta de la respuesta punitiva es materia exclusiva del Poder Legislativo.
Este pronunciamiento ocurre en un clima de tensión donde diversos tribunales cuestionan la vigencia de leyes nacionales de reciente aprobación. Al reivindicar la sujeción absoluta de los jueces a la ley vigente, la Corte establece un precedente que limita la discrecionalidad judicial en casos de alto perfil técnico y político.
La Justicia procesó a la cadena Día por presunta evasión previsional mediante contratos de franquicia falsos para ocultar relaciones laborales. Con un embargo de 800 millones de pesos, se investiga la falta de aportes de miles de empleados entre 2015 y 2018.
En la gala de la Fundación Libertad, Mauricio Macri afirmó que el populismo está llegando a su fin en la región. El exmandatario elogió el liderazgo de María Corina Machado y abogó por un calendario electoral que restaure la democracia en Venezuela.
El gremio docente de Río Negro convocó a un paro de 48 horas contra las auditorías médicas y el presentismo. Exigen un piso salarial de $2 millones y el fin de los descuentos por ausentismo aplicados por el gobierno provincial.
Concluyó la etapa de testimonios en el jury contra los fiscales Di Santo, Miralles y Pizarro por el caso Dalmasso. Tras declarar investigadores y forenses, el 6 de mayo iniciarán los alegatos para definir si serán destituidos por negligencia grave.
Ariel García Furfaro declaró ante el juez Kreplak, negando negligencia en la producción de fentanilo contaminado que causó 114 muertes. El empresario denunció un presunto sabotaje y solicitó peritar la maquinaria, mientras la justicia ratifica fallos críticos en los controles industriales.
FATE formalizó el cierre de su planta en San Fernando enviando los últimos telegramas de despido. La empresa atribuyó el final a la competencia china y al conflicto sindical, bajo un modelo económico que eliminó el proteccionismo estatal industrial.
Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi declaran este martes en el juicio “Cuadernos” ante el Tribunal Federal 7. El exsecretario de Transporte romperá el silencio para responder por el presunto cobro de sobornos ferroviarios en la causa que lidera Cristina Kirchner.
Verónica Ojeda y Rita Maradona testifican este martes en el juicio por la muerte del “Diez”. El psicólogo imputado, Carlos Díaz, ampliará su indagatoria para negar que aisló al futbolista, argumentando que su labor profesional fue ajena al deceso.