Ajuste fiscal en el transporte de larga distancia: la administración nacional suprimió los subsidios a personas con discapacidad

El Gobierno nacional eliminó las compensaciones económicas a las empresas de micros de larga distancia por los pasajes gratuitos para personas con discapacidad y pacientes oncológicos. Aunque el beneficio de gratuidad sigue vigente y obligatorio, las compañías ya no recibirán subsidios estatales.

Transporte de larga distancia

La Secretaría de Transporte de la Nación oficializó el desmantelamiento del andamiaje financiero mediante el cual el Estado nacional reintegraba fondos a las corporaciones de transporte automotor interjurisdiccional para mitigar los costos de los pases libres exigidos por normativas de inclusión social. La medida, instrumentada a través de la Resolución 28/2026 y refrendada en la gaceta oficial del distrito, cancela de forma inmediata el esquema de retribuciones parciales que beneficiaba a los operadores de servicios de mediana y larga distancia en concepto de las plazas sin cargo que debían proveer obligatoriamente a ciudadanos con discapacidades, pacientes oncológicos menores de edad y personas bajo tratamientos de ablación e implante de órganos. La disposición introduce un profundo cambio de paradigma en la administración de las prestaciones, trasladando de manera exclusiva la carga operativa de estas exenciones a las firmas licenciatarias del sector privado.

A pesar de la alteración sustancial en la ingeniería presupuestaria del sector, el dictamen administrativo emanado desde los despachos oficiales enfatiza que la naturaleza e imperio del beneficio para los sectores vulnerables permanece inalterable en todo el territorio del país. De esta manera, el Poder Ejecutivo ratificó que las prebendas legales de gratuidad continúan bajo estricta exigencia comunitaria, obligando a las cámaras empresarias a sostener la emisión de los pasajes especiales sin percibir a cambio ningún tipo de contraprestación pecuniaria por parte del tesoro público. El texto legal argumenta que la reconfiguración regulatoria del mercado de transporte terrestre otorga ahora a las transportistas facultades absolutas para fijar frecuencias, trazas geográficas, cuadros tarifarios y lógicas de comercialización interna, lo que neutraliza los desequilibrios comerciales que originalmente dieron origen al fondo de fomento.

El marco normativo vigente establece que las justificaciones que motivaron la intervención de las arcas fiscales en la amortización de tarifas han quedado perimidas ante la desregulación económica generalizada que rige para la actividad aerocomercial y terrestre. En consecuencia, el aparato estatal definió como prescindible la continuidad del programa de asignaciones directas, encomendando a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte el diseño y ejecución de esquemas de fiscalización rigurosos que impidan la denegación del servicio por parte de las prestatarias hacia los beneficiarios legítimos del sistema de pases. La decisión generó reacciones encontradas entre las entidades que nuclean a las compañías de viaje, quienes advierten sobre potenciales dificultades de rentabilidad para sostener la demanda en corredores viales de baja densidad poblacional.

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