Advirtieron a la exmandataria con revocar el beneficio tras participar en la colocación de una bandera con cables tensores sobre la vía pública desde su balcón, luego de un año de detención en San José 1111.
Advirtieron a la exmandataria con revocar el beneficio tras participar en la colocación de una bandera con cables tensores sobre la vía pública desde su balcón, luego de un año de detención en San José 1111.

El juez del Tribunal Oral Federal 2, Rodrigo Giménez Uriburu, intimó formalmente a la exvicepresidenta Cristina Kirchner a respetar las reglas de su arresto domiciliario. La resolución judicial determinó que la condenada participó de forma directa en el despliegue de una pancarta de grandes dimensiones que cruzó la calzada pública utilizando el balcón de su vivienda como punto de anclaje. El magistrado advirtió que la reiteración de comportamientos similares provocará la revocación del beneficio.
La exmandataria cumple una sentencia de 6 años de prisión por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública en el caso Vialidad.
Transcurrido el primer año de detención en el departamento de San José 1111, restan todavía cinco años para el agotamiento de la pena. El régimen de ejecución de la pena privativa de la libertad prevé el traslado a un establecimiento carcelario común ante cualquier quiebre injustificado de las obligaciones asumidas.
Bandera soportada por una estructura de cables tensores. Foto: Web.
El escrito de cinco páginas detalló que el hecho ocurrió el pasado 14 de junio, en el marco de una manifestación de apoyo político encabezada por la intendenta de Quilmes, Mayra Mendoza.
Durante la jornada, se extendió una bandera con la inscripción “De San José 1111 a la Rosada” sujeta mediante cables de alta resistencia entre dos edificios enfrentados. Las constancias del expediente judicial demostraron que la interna colaboró personalmente en la sujeción de la estructura desde el segundo piso.
Giménez Uriburu fundamentó la medida en tres aspectos centrales. En primer término, el tendido de cables atravesando el espacio aéreo generó un peligro innecesario para peatones y conductores de transporte público.
Asimismo, la instalación careció de la autorización de edificación exigida por la normativa municipal, lo cual podría configurar una contravención. Por último, el tribunal remarcó que el episodio alteró la convivencia pacífica y la tranquilidad del vecindario.
Paralelamente, el juzgado envió una notificación a la Secretaría General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para que evalúe las infracciones administrativas correspondientes por el uso del espacio público sin permiso.
La resolución aclaró la diferencia entre este suceso y las concentraciones previas de agrupaciones políticas que se registran periódicamente en las inmediaciones del lugar.
Aquellas reuniones de militantes no habían recibido objeciones del tribunal, a pesar de las reiteradas quejas presentadas por el Ministerio Público Fiscal a cargo de Diego Luciani, debido a que no contaron con la intervención física de la condenada.
La normativa vigente establece que el control de las pautas de conducta resulta indispensable para sostener la modalidad de prisión fuera de los penales. El futuro del cumplimiento de la sanción dependerá ahora del estricto ajuste de la interna a las restricciones dispuestas por los magistrados.
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