El Gobierno disolvió el INAL y pasó su control al Senasa

A través del Decreto 697/2026, el Poder Ejecutivo eliminó el Instituto Nacional de Alimentos. Sus funciones de registro y fiscalización pasarán al Senasa, mientras que el Ministerio de Salud se enfocará en las políticas de alimentación saludable.

El Poder Ejecutivo oficializó una reestructuración profunda en la fiscalización bromatológica mediante la publicación del Decreto 697/2026. La normativa dispone la disolución formal del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y el traspaso definitivo de sus tareas operativas al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

Claves del nuevo esquema de control alimentario:

  • Organismo unificado: El Senasa asume el registro, control y fiscalización.

  • Plazos máximos: Límite de 45 días hábiles para actualizar el Código Alimentario.

  • Enfoque de Salud: El ministerio buscará eliminar aditivos procesados.

La disposición implica que el organismo histórico, dependiente de la Anmat, transfiera sus facultades de verificación de productos y autorización de plantas. Desde la Casa Rosada justificaron que la decisión responde a que el Senasa cuenta con la infraestructura territorial más amplia del país, equipada con laboratorios e inspectores desplegados a nivel nacional.

Con esta medida, la administración central busca establecer un deslinde claro entre las tareas de fiscalización operativa y la rectoría sanitaria. De esta manera, el Ministerio de Salud conservará la definición de las políticas de salud pública, enfocándose de forma prioritaria en proyectos para la reducción gradual de saborizantes y colorantes en productos ultraprocesados.

Registro unificado y agilización del Código Alimentario

En el plano burocrático, la reforma instrumenta una Base Única de Datos administrada de manera centralizada por el Senasa. Este nuevo registro público sistematizará la información sobre establecimientos y productos habilitados, buscando agilizar las gestiones de la industria y mejorar el mecanismo de trazabilidad nacional.

Además, la norma fija por primera vez un plazo máximo de 45 días hábiles para la tramitación de modificaciones en el Código Alimentario Argentino (CAA). El establecimiento de este tope busca imprimir previsibilidad y agilidad normativa, evitando que las solicitudes de actualización técnica permanezcan estancadas por plazos indefinidos.

A nivel internacional, la regulación contempla el reconocimiento por equivalencia de las certificaciones de aditivos e ingredientes otorgadas por países con estándares aprobados o alineados al Codex Alimentarius. Esta homologación evitará que las empresas deban realizar evaluaciones técnicas duplicadas ante la autoridad local.

Simplificación para importaciones y envíos al exterior

El nuevo marco regulatorio también introduce modificaciones sustanciales para dinamizar el comercio exterior de alimentos. En el caso de los artículos envasados destinados al consumo directo, los controles de fiscalización se realizarán en una instancia posterior al ingreso al país, evitando trabas logísticas innecesarias en los recintos aduaneros.

En relación con las operaciones de exportación, la medida busca potenciar la competitividad de los productores nacionales. Los envíos deberán ajustarse a las exigencias regulatorias del mercado de destino, tramitando sus credenciales sanitarias ante una única entidad estatal con aval internacional.

Finalmente, el Senasa conservará la atribución de auditar y supervisar los centros de control dependientes de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El objetivo final manifestado por el Gobierno es configurar un mecanismo de fiscalización homogéneo, garantizando estándares sanitarios eficientes en todo el territorio argentino.

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