En la provincia de Buenos Aires, un proyecto de ley busca eliminar la obligación de presentar un libre deuda de multas para tramitar o renovar la licencia de conducir, derivando los cobros de infracciones a las vías judiciales.
En la provincia de Buenos Aires, un proyecto de ley busca eliminar la obligación de presentar un libre deuda de multas para tramitar o renovar la licencia de conducir, derivando los cobros de infracciones a las vías judiciales.

Cuatro diputados provinciales de La Libertad Avanza ingresaron un expediente en la Cámaras de Diputados de Buenos Aires para modificar el artículo 8.º de la Ley Provincial de Tránsito N.º 13.927.
La iniciativa busca impedir que municipios y organismos provinciales exijan libre deuda de multas, tributos o tasas como condición para tramitar, renovar o solicitar duplicado de la licencia de conducir.
Mariela Silvina Vitale, María Fernanda Coitiño, Geraldine Calvella y Juan Esteban Osaba firman la propuesta que establece de forma explícita que ninguna autoridad podrá requerir acreditación de inexistencia de deudas por infracciones de tránsito, multas impagas o cualquier otro tributo para iniciar u otorgar el registro de conducir.
El texto del proyecto de ley diferencia dos aspectos: la evaluación de la aptitud psicofísica y técnica para conducir, y el cobro de obligaciones económicas pendientes. Según los fundamentos, la licencia de conducir tiene como función habilitar a una persona para manejar y no debe convertirse en un mecanismo de cobro coactivo.
De aprobarse la norma, las actas de comprobación, infracciones en trámite o multas impagas que no cuenten con sentencia firme y ejecutoriada no podrán bloquear la renovación de la licencia. En esos casos, el organismo emisor solo podrá informar al solicitante sobre el estado de sus antecedentes con carácter meramente informativo.
El diputado Juan Esteban Osaba remarcó en su cuenta de X que “el registro es para manejar, no para recaudar”. Agregó que, si una deuda corresponde, el Estado debe cobrarla por la vía legal, pero “que deje de tomar de rehén a los bonaerenses para agrandar la caja”.
Desde el bloque de La Libertad Avanza aclararon que el proyecto no plantea una condonación de deudas ni perdón de faltas. El Estado provincial y las comunas mantendrán intactas sus facultades para perseguir el cobro de las infracciones a través de herramientas jurídicas habituales, como el juicio de apremio.
La iniciativa también establece una distinción clara entre deudas económicas y sanciones graves contra la seguridad vial. La norma no modificará las inhabilitaciones para conducir ni las sentencias firmes dictadas por la justicia o los juzgados de faltas que impidan a un ciudadano estar al volante en provincia de Buenos Aires o en el resto del país.
Los autores del proyecto sostienen que ni la Ley Nacional de Tránsito N.º 24.449 ni la Ley Provincial N.º 13.927 contemplan expresamente la presentación de un libre deuda como requisito previo para obtener o renovar la licencia. Según el texto, esa exigencia surgió de la reglamentación establecida mediante el Decreto provincial N.º 532/09.
En los fundamentos, los legisladores mencionan antecedentes de tribunales bonaerenses que cuestionaron este tipo de restricciones administrativas. También señalan que el Estado dispone del juicio de apremio como vía para reclamar el pago de multas, sin necesidad de condicionar un trámite vinculado con la habilitación para conducir.
La propuesta contempla la derogación de toda norma o disposición municipal que se oponga a lo establecido en la nueva ley.
El expediente deberá ahora comenzar su tratamiento en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, donde los autores buscan reunir el apoyo necesario para su aprobación.
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