El Jurado de Enjuiciamiento removió por unanimidad a Alfredo López por mal desempeño de sus funciones. El fallo remarcó que los discursos de odio no están protegidos por la libertad de expresión.
El Jurado de Enjuiciamiento removió por unanimidad a Alfredo López por mal desempeño de sus funciones. El fallo remarcó que los discursos de odio no están protegidos por la libertad de expresión.

En una decisión unánime, un Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados destituyó este martes al juez federal de Mar del Plata, Alfredo López, por incurrir en la causal de mal desempeño de sus funciones. El exmagistrado, quien hasta hoy encabezaba el Juzgado Federal N° 4 de la ciudad balnearia, fue removido tras comprobarse la difusión sistemática de mensajes antisemitas y discursos de odio a través de su cuenta personal en la red social X.
La acusación formal en el juicio político fue impulsada por el senador nacional Luis Juez y el abogado Alberto Maques, integrantes del Consejo de la Magistratura. La causa judicial y administrativa se había originado a partir de una serie de denuncias presentadas por la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA), la diputada nacional Sabrina Ajmechet —presidenta del Foro Argentino contra el Antisemitismo— y los abogados Yamil Santoro y José Magioncalda, en representación de la Fundación Apolo.
Durante la lectura del veredicto, el secretario general del Jurado, Ángel Marcelo Bová, detalló los fundamentos que llevaron a la remoción del magistrado. Según la sentencia, López “atropelló derechos elementales con persistencia y sistematicidad, reiterando insultos y términos peyorativos contra toda una comunidad”, una conducta calificada como grave falta de ética que dinamitó de manera irreversible la confianza pública requerida para administrar justicia de forma imparcial.
El proceso oral se enfocó en 15 publicaciones específicas realizadas por el exjuez en su perfil de X. Entre los mensajes analizados figuraban encuestas sobre la lealtad de los ciudadanos judíos en Argentina, llamados peyorativos contra la comunidad, descalificaciones hacia organismos de derechos humanos y publicaciones dirigidas al Gran Rabino de la AMIA, Eliahu Hamra. Al evaluar el caso, los integrantes del tribunal concluyeron de manera tajante que “las manifestaciones de discursos de odio quedan excluidas de la protección que brinda el derecho a la libertad de expresión”.
A lo largo del proceso, López intentó frenar el juicio político mediante la presentación de su renuncia, la cual fue rechazada oportunamente por el Poder Ejecutivo Nacional. En su alegato defensivo, el exmagistrado sostuvo que sus opiniones se enmarcaban en la libertad de expresión sobre asuntos de interés público y rechazó las acusaciones de discriminación. Aseguró ser víctima de una “persecución ideológica” y argumentó que sus publicaciones constituían una postura crítica frente al conflicto bélico en la Franja de Gaza.
Sin embargo, la postura del acusado fue desestimada de plano por la totalidad de los miembros del tribunal. El Jurado estuvo integrado por el juez Marcelo Gastón Bartumeu Romero, el camarista Néstor Pablo Barral, las senadoras María Belén Monte De Oca (La Libertad Avanza) y María Florencia López (Unión por la Patria), los diputados Nicolás Mayoraz (LLA) y Christian Alejandro Zulli (UP), y la abogada Ana Beatríz Fernández. Tras la oficialización del veredicto, el Consejo de la Magistratura quedará habilitado para iniciar el concurso público de antecedentes y oposición para cubrir la vacante en el juzgado marplatense.
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