El proyecto de Presupuesto 2027 presentado por el presidente Javier Milei incluye un capítulo que encendió las alarmas de todo el arco opositor y las organizaciones sociales. El texto propone una reforma estructural y de fondo en el sistema nacional de prestaciones destinado a personas con discapacidad.
El dato explosivo: La iniciativa deroga aspectos históricos de la Ley 24.901 vigente desde 1997, desregulando el nomenclador básico, lo que obligaría a las familias a negociar los aranceles de los tratamientos directamente con cada prepaga u obra social.
La profunda modificación se encuentra detallada en el Capítulo VI del texto oficial, específicamente entre los artículos 36 y 41. Allí se plantea que el nuevo Nomenclador de Prestaciones Básicas “no incluirá valores universales”, reemplazando este esquema por un simple “piso mínimo prestacional”.
Según denunció el diputado Maximiliano Ferraro (Coalición Cívica), esta polémica redacción elimina la igualdad arancelaria entre obras sociales, prepagas y el Estado. En la práctica, esto generaría un sistema fragmentado donde cada prestador definirá unilateralmente los costos de cobertura de las terapias.
Cambios en el acceso a las pensiones por invalidez
El otro gran pilar de la reforma libertaria apunta a reinstaurar un viejo modelo de “invalidez laboral”, modificando sustancialmente las reglas para percibir asistencia estatal. El proyecto elimina legalmente al Certificado Único de Discapacidad (CUD) como una vía directa y garantizada de acceso a la pensión.
Además de endurecer considerablemente los requisitos de ingreso, el texto incorpora una estricta incompatibilidad entre el cobro de la pensión y la posibilidad de tener un empleo formal registrado o mantener activa una inscripción en el régimen de monotributo, sin importar la escala salarial.
Para el diputado peronista Juan Marino, esta jugada gubernamental representa un claro retroceso hacia un criterio médico anacrónico, abandonando por completo el modelo social de derechos humanos y dejando las condiciones de acceso sujetas a la total discrecionalidad reglamentaria del Poder Ejecutivo.
Una nueva y polémica fórmula de actualización
En caso de que el Congreso apruebe estos cuestionados artículos, los incrementos en los valores de las prestaciones ya no estarán atados de manera mensual a la movilidad jubilatoria. A partir de ahora, los aranceles del sector público deberán ser definidos trimestralmente por la Secretaría Nacional de Discapacidad.
El documento oficial aclara que, si el Gobierno no efectúa los ajustes correspondientes en el período previsto, recién en esa instancia se utilizará como parámetro de referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado mensualmente por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Este nuevo mecanismo de cálculo elimina el vital estudio anual de costos por prestación, un instrumento que permitía incorporar a las tarifas los aumentos de insumos específicos no reflejados de manera precisa en el índice inflacionario general del Indec.
Inquietud de prestadores y debate en el Congreso
La iniciativa también deroga el fundamental artículo 8 de la ley de emergencia, el cual garantizaba la obligatoriedad de la cobertura médica total para los titulares de pensiones no contributivas, dejando en estado de vulnerabilidad a miles de afiliados y pacientes en todo el país.
Para la reconocida actriz Valentina Bassi, histórica activista por los derechos de las personas con discapacidad, la posible desregulación es sencillamente “letal”. En recientes declaraciones radiales, advirtió que cada familia estará obligada a negociar “tipo paritarias” el incalculable costo de los tratamientos esenciales de sus hijos.
Este polémico apartado del presupuesto choca frontalmente con la agenda de la Cámara de Diputados, que justamente debatía la imperiosa necesidad de prorrogar la ley de emergencia para frenar la alarmante crisis de aranceles y el consecuente cierre de numerosos centros terapéuticos a lo largo del país.