La Cámara de Apelaciones revocó la medida cautelar que frenaba la reforma laboral del Gobierno. Con efecto suspensivo, la Justicia habilitó la aplicación de 83 artículos de la Ley 27.802 mientras se resuelve el planteo de fondo de la CGT.
La Cámara de Apelaciones revocó la medida cautelar que frenaba la reforma laboral del Gobierno. Con efecto suspensivo, la Justicia habilitó la aplicación de 83 artículos de la Ley 27.802 mientras se resuelve el planteo de fondo de la CGT.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó un fallo trascendental este jueves al modificar el efecto del recurso presentado por el Estado nacional. La decisión, adoptada por la Sala VIII, implica que la reforma laboral recupera su plena vigencia de forma inmediata, dejando sin efecto la suspensión que pesaba sobre más de ochenta artículos clave de la normativa.
Artículos reactivados: Un total de 83 disposiciones de la Ley 27.802 vuelven a aplicarse en todo el territorio.
Efecto suspensivo: La apelación oficial frena la cautelar previa, permitiendo al Ejecutivo avanzar con los cambios.
Impacto inmediato: Las modificaciones en indemnizaciones y contratos ya rigen para el mercado laboral.
El tribunal, integrado por los jueces María Dora González y Víctor Arturo Pesino, fundamentó su resolución en la Ley 26.854, que regula las cautelares contra el Estado. Los magistrados consideraron que, al tratarse de una ley sancionada por el Congreso, su suspensión requiere un análisis colegiado profundo, por lo que la apelación debe tener carácter suspensivo sobre la medida del juez de primera instancia.
La disputa legal se centra en el expediente iniciado por la Confederación General del Trabajo (CGT), que buscaba declarar la inconstitucionalidad de la reforma. El mes pasado, el juez Enrique Ojeda había dictado una cautelar innovativa que paralizó el corazón de la reforma laboral, argumentando posibles daños irreparables a los derechos de los trabajadores y las asociaciones sindicales.
Sin embargo, el Estado, a través de la Procuración del Tesoro, se presentó en queja para revertir este encuadre. La defensa oficial sostuvo que no existía un “caso concreto” de afectación y que la suspensión generalizada de una norma afectaba la división de poderes. Con este nuevo fallo, la balanza se inclina a favor de la estrategia judicial del Gobierno y el Ministerio de Justicia.
Entre los puntos que recuperan vigencia se destacan las modificaciones al régimen indemnizatorio, la extensión de los períodos de prueba y la alteración de las jornadas laborales. También vuelven a estar operativos los artículos que limitan la ultraactividad de los convenios colectivos y aquellos que imponen nuevas reglas para la representación gremial dentro de las empresas, puntos altamente sensibles para el sector sindical.
A pesar de este triunfo procesal para el Poder Ejecutivo, la batalla de fondo continúa. La CGT mantiene su planteo sobre la regresividad de la Ley 27.802, asegurando que la norma vulnera el principio de protección del trabajador establecido en la Constitución Nacional. Por su parte, el Gobierno busca celeridad y ya activó un recurso extraordinario por “per saltum” ante la Corte Suprema.
El objetivo de la gestión de Javier Milei es que el máximo tribunal de Justicia de la Nación convalide la reforma de manera definitiva para otorgar seguridad jurídica a los inversores. El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, ha manifestado que estos cambios son fundamentales para reducir la litigiosidad laboral y fomentar la creación de empleo genuino a través de la formalización de trabajadores.
La resolución de la Sala VIII de la Cámara del Trabajo representa un oxígeno político para la Casa Rosada en una semana de alta tensión legislativa. Mientras la Cámara evalúa si confirma o revoca definitivamente la cautelar, la reforma laboral se mantiene vigente, marcando un cambio de paradigma en las relaciones de trabajo en Argentina que el sindicalismo promete resistir en las calles y los tribunales.
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