Alivio para los contribuyentes y los contadores en medio del calendario fiscal. El Gobierno nacional, a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), dispuso una prórroga extraordinaria para que las personas humanas y las sucesiones indivisas puedan confeccionar y presentar las declaraciones juradas determinativas e ingresar el saldo correspondiente a los impuestos clave del año anterior.
Nuevas fechas clave del calendario fiscal 2026:
Declaraciones determinativas: Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular se extienden hasta el 27 de julio de 2026 inclusive.
Declaraciones informativas: Los empleados en relación de dependencia y jubilados tendrán tiempo hasta el 31 de julio de 2026 inclusive.
Período alcanzado: Corresponde estrictamente a las obligaciones del período fiscal 2025.
La medida quedó formalizada mediante la publicación de la Resolución General 5851/2026 en el Boletín Oficial de este viernes. Con este corrimiento, el organismo recaudador busca asegurar una correcta carga de datos y evitar cuellos de botella informáticos o administrativos en las liquidaciones complejas.
Los motivos detrás de la prórroga excepcional
La decisión de postergar las fechas de vencimiento no fue una iniciativa aislada de la Casa Rosada, sino una respuesta directa a los insistentes reclamos de los profesionales del sector. Diversas entidades y consejos representativos de las ciencias económicas de todo el país habían planteado formalmente la necesidad de contar con un margen de tiempo adicional.
Los especialistas argumentaban que la correcta y completa confección de las declaraciones juradas requería plazos más holgados debido a los recientes cambios normativos aplicados. Desde ARCA señalaron que conceder este beneficio es aconsejable para facilitar a los ciudadanos y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias de manera ordenada.
Asimismo, las autoridades del fisco destacaron que la resolución ratifica el compromiso oficial de optimizar los canales de diálogo con los contadores y brindar las herramientas necesarias que simplifiquen la burocracia impositiva nacional, en sintonía con las metas de desregulación estatal.
Empleados y jubilados: fechas para las declaraciones informativas
La prórroga también abarca al universo de los trabajadores en relación de dependencia y pasivos que se encuentran obligados a presentar las declaraciones juradas informativas. En este caso específico, el plazo original fue estirado hasta el viernes 31 de julio de 2026.
Este trámite alcanza a todos los beneficiarios de ciertas rentas que superen los ingresos mínimos fijados por la normativa. Al tratarse de una presentación que no suele determinar un saldo a pagar (salvo inconsistencias), el organismo decidió otorgar unos días extra posteriores al vencimiento general para descomprimir el tráfico en su plataforma web.
El cronograma original que quedó sin efecto
De acuerdo con el esquema tradicional de vencimientos que regía hasta la firma de esta nueva resolución, las presentaciones determinativas de Ganancias y Bienes Personales debían completarse a mediados de año. Las fechas iniciales estaban pautadas entre el 11 y el 16 de junio, distribuidas según la terminación del número de CUIT de cada contribuyente.
Con la vigencia de la Resolución General 5851/2026, los contribuyentes ganan un mes y medio de oxígeno financiero y administrativo. En las próximas semanas, los asesores contables prevén que se adecúen los aplicativos de la página de ARCA para permitir la simulación de los planes de pago y las opciones de financiamiento del saldo resultante.