Por Gonzalo F. Benedetti, Abogado Laboralista
Un punto trascendental de la nueva Reforma Laboral queda en suspenso. El Gobierno de Javier Milei decidió frenar por tiempo indefinido la aplicación del FAL (Fondo de Asistencia Laboral).
Cabe recordar que el FAL es un sistema de ahorro obligatorio que surge de la nueva Ley 27.802 conocida como “Ley de Modernización Laboral”. Su finalidad consiste en que las empresas cuenten con un fondo administrado por Fondos Comunes de Inversión para hacer frente al pago de futuras indemnizaciones por despido.
Se trata de que los empleadores integren un aporte mensual obligatorio que se calcula sobre las remuneraciones de los trabajadores mediante dos alícuotas diferentes: 1% para grandes empresas y 2,5% para pequeñas y medianas empresas (PYMES).
A su vez, esos aportes que obligatoriamente el empleador deberá realizar mes a mes, serán destinados a reemplazar al pago tradicional de las indemnizaciones por despido.
Las críticas al FAL
Sin embargo, este polémico sistema recepta dos críticas fundamentales: la primera y principal, es que esos fondos son sacados del sistema previsional argentino, de manera tal que al desfinanciar el mismo se afectaría indefectiblemente al tan vapuleado régimen de jubilaciones y pensiones.
Y en segundo lugar, es el destino de esos fondos, puesto que en vez de que los mismos ingresen a las arcas de la ANSES, serán destinados a administrarse por entidades fiduciarias y sociedades privadas.
Es por ello que en pleno escenario de internas con voces a favor y en contra, el Ministro de Economía, Luis Caputo, al no querer dejar escapar recursos de las arcas del Gobierno -y más aún, en pleno proceso de ajuste- decidió frenar por tiempo indefinido la aplicación del FAL que iba a ser puesto en funcionamiento a partir de junio de este año.
Todo parece indicar que su entrada en vigencia se posterga para el año 2027… como mínimo.