La jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto, dictó una medida cautelar que frena las obras del proyecto Sea Lion, ubicado en la plataforma continental argentina, por la falta de un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.
La jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto, dictó una medida cautelar que frena las obras del proyecto Sea Lion, ubicado en la plataforma continental argentina, por la falta de un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

La Justicia Federal de Tierra del Fuego intervino de manera decisiva para suspender temporalmente el ambicioso proyecto hidrocarburífero “León Marino” (Sea Lion), emplazado a unos 220 kilómetros al norte del archipiélago de las Islas Malvinas.
El dato explosivo: La resolución exige a las empresas extranjeras Rockhopper y Navitas abstenerse de realizar cualquier obra material debido a que no cuentan con la Evaluación de Impacto Ambiental obligatoria según la ley argentina.
La magistrada Mariel Borruto, a cargo del juzgado federal de Río Grande, hizo lugar al planteo judicial preventivo presentado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Civil de Abogados Ambientalistas (AAdeAA).
Si bien la jueza aclaró que esta medida provisoria “no importa pronunciamiento definitivo sobre la responsabilidad de las demandadas”, consideró acreditada la falta del trámite ambiental correspondiente, un requisito excluyente exigido por la Ley General del Ambiente.
La contundente resolución judicial abarca todas las etapas del mega emprendimiento petrolero. A partir de esta decisión, las compañías extranjeras tienen terminantemente prohibido iniciar o continuar con la perforación del lecho marino y la instalación de infraestructura submarina.
Esta paralización total también afecta directamente la construcción de bases logísticas terrestres, la ampliación portuaria y la instalación de unidades flotantes destinadas al almacenamiento y posterior descarga de los hidrocarburos extraídos en la zona de conflicto.
El fallo subraya que el proyecto contempla una infraestructura masiva compuesta por 23 pozos, lo que representa una actividad “susceptible de producir modificaciones ambientales relevantes y riesgos que requieren evaluación previa” antes de continuar con la explotación.
Según los especialistas ambientales que impulsaron la denuncia, el emprendimiento petrolero podría generar graves consecuencias ecológicas, como la alteración irreversible del lecho marino, contaminación química sistemática y ruido submarino que afectaría gravemente a la fauna local.
A esto se suman los riesgos latentes de descargas operativas, un desmedido aumento del tránsito marítimo y el peligro constante de eventuales derrames de hidrocarburos que podrían comprometer tanto a mamíferos como a diversas especies de aves marinas.
La jueza Borruto justificó la urgencia de la medida cautelar al advertir que el peligro ambiental “no es hipotético ni remoto”. La documentación analizada en el expediente sugiere que el proyecto ya superó su etapa inicial y habría logrado firmar importantes contratos de perforación.
El fallo no solo paraliza las obras, sino que también otorga un plazo de 10 días a las empresas Rockhopper y Navitas para presentar una exhaustiva declaración jurada que detalle el cronograma de actividades, las entidades financieras involucradas y los contratistas designados.
Además, la magistrada Borruto vinculó directamente el conflicto ambiental con la defensa irrenunciable de los derechos soberanos argentinos sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, considerándolo un “bien colectivo indivisible” y de interés federal prioritario.
Por último, la Justicia requirió informes urgentes a la Secretaría de Energía y al Ministerio de Relaciones Exteriores para constatar si las petroleras demandadas cuentan con algún tipo de habilitación oficial o enfrentan sanciones por actividades ilegítimas en la plataforma continental argentina.
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