La Justicia se pronunció sobre el veto de Milei a Ley de Emergencia en Discapacidad

La Justicia declaró la invalidez del veto presidencial a la Ley de Emergencia en Discapacidad. Un fallo de primera instancia, impulsado por un amparo, centra el debate entre el derecho a la salud y el equilibrio fiscal. Ahora, el Congreso tiene la última palabra.

Foto: @forodiscapacidad

El magistrado Adrián González Charvay emitió un fallo que se ha convertido en el primer revés judicial para la decisión del presidente Javier Milei de vetar la Ley de Emergencia en Discapacidad.

La resolución responde a un amparo presentado por los padres de dos niños con “trastornos generalizados del desarrollo” y “trastornos específicos en las habilidades escolares”, cuyo tratamiento se veía comprometido por el desfinanciamiento estatal de los centros especializados. El juez determinó que el derecho de los menores a la salud y la educación prevalece sobre las restricciones presupuestarias.

El choque de derechos y la visión del Ejecutivo

Desde el Poder Ejecutivo, el veto se fundamentó en la búsqueda del “equilibrio fiscal innegociable”. El gobierno argumentó que la ley implicaba un gasto público adicional que, según estimaciones de la Oficina de Presupuesto del Congreso, oscilaba entre el 0,22% y el 0,42% del PBI. Esta postura sostiene que cualquier incremento en el gasto debe contar con una fuente de financiamiento específica, algo que la ley sancionada no detallaba.

El Ministerio de Salud, en defensa del veto, argumentó que se trataba de una cuestión política no justiciable y que no existía un “perjuicio concreto, directo y actual” para los demandantes.

Sin embargo, para el juez, el cierre de instituciones no es una amenaza hipotética. En su resolución, subraya que la impugnación de la ley viola obligaciones internacionales al mantener el desfinanciamiento de las prestaciones básicas y perpetúa los recortes que, desde diciembre de 2023, provocaron una marcada pérdida del poder adquisitivo de las instituciones.

Un caso que pone a prueba la arquitectura legal

González Charvay se apoyó en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que goza de jerarquía constitucional en Argentina, y en una reciente opinión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que reconoce la existencia de un derecho humano autónomo al cuidado. El fallo resalta el “doble carácter de vulnerabilidad” de los menores con discapacidad, exigiendo una protección redoblada por parte del Estado.

El caso cobra especial relevancia en el ámbito legislativo. El próximo miércoles, la Cámara de Diputados sesionará para tratar, entre otros temas, el veto de Milei a la emergencia en discapacidad. La oposición busca los dos tercios de los votos para insistir con la sanción original, mientras que el oficialismo solo necesita un tercio para ratificar el veto presidencial.

La decisión del juez podría no ser la última palabra, pero sin duda pone el foco en el rol que el Estado debe tener en la protección de los derechos humanos.

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