En una medida de coordinación inédita, ambas provincias establecieron un marco común que incluye cupos de extracción, días de prohibición para la pesca comercial y la obligatoriedad de la devolución en la pesca deportiva.
En una medida de coordinación inédita, ambas provincias establecieron un marco común que incluye cupos de extracción, días de prohibición para la pesca comercial y la obligatoriedad de la devolución en la pesca deportiva.

Las provincias de Entre Ríos y Santa Fe han dado un paso decisivo en la preservación del ecosistema fluvial al concretar un esquema coordinado de gestión para el río Paraná.
Ministros de ambas jurisdicciones definieron un marco regulatorio común que busca poner fin a las asimetrías históricas en la legislación pesquera de ambas orillas, aportando orden y previsibilidad a un sector clave para la economía regional.
El acuerdo se cristalizó en una resolución conjunta que prioriza la defensa del recurso natural frente a la presión extractiva. “Desde ambas márgenes trabajamos juntos con un objetivo definido por los gobernadores”, explicó Guillermo Bernaudo, ministro de Desarrollo Económico de Entre Ríos, quien destacó la importancia del diálogo con todos los sectores para lograr un “modelo sostenible”.
Por su parte, Enrique Estévez, titular de Ambiente y Cambio Climático de Santa Fe, subrayó el valor estratégico de la unión: “Una medida coordinada siempre es más eficaz que una acción aislada”.
La normativa establece medidas concretas y de aplicación inmediata. La Dirección de Recursos Naturales y Fiscalización de Entre Ríos fijó un cupo de extracción de 600 toneladas para el sábalo y el “pescado de línea” hasta el 31 de diciembre de este año. Además, para reducir la presión sobre la fauna, se prohíbe la pesca comercial y el acopio los días sábados, domingos, lunes y feriados.
En cuanto a la pesca deportiva, la resolución es taxativa: deberá realizarse con devolución inmediata de las piezas capturadas, buscando proteger el stock de peces vivos.
El acuerdo también define el calendario de pausas biológicas. La veda para la pesca comercial se extenderá desde el 20 de diciembre de 2025 hasta el 20 de enero de 2026.
Asimismo, las autoridades recordaron la vigencia de protecciones específicas para las especies más vulnerables: se ratificó la veda comercial del Dorado (Ley N° 11.174) y la prohibición total de pesca del Surubí (bajo cualquier modalidad) desde el 15 de agosto hasta el 15 de marzo de cada año.
“La coordinación nos permite ordenar la actividad y darle sostenibilidad en el tiempo, cuidando un recurso vital para la vinculación con los mercados internacionales”, concluyó Gustavo Puccini, ministro de Desarrollo Productivo santafesino.
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