El juez federal Guillermo Díaz Martínez hizo lugar a un pedido de la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores, en conjunto con varios ciudadanos y el Defensor del Pueblo de Catamarca.
El juez federal Guillermo Díaz Martínez hizo lugar a un pedido de la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores, en conjunto con varios ciudadanos y el Defensor del Pueblo de Catamarca.

Un juez federal de Catamarca ha emitido una orden cautelar con un plazo de 24 horas para que la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restituya las pensiones por invalidez que fueron suspendidas en la provincia. La
medida, que podría sentar un precedente para futuros casos en otras jurisdicciones, busca garantizar el derecho de cientos de beneficiarios que se vieron afectados por una controversial normativa, según Infobae.
La acción judicial fue iniciada por la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores, en conjunto con varios ciudadanos y el Defensor del Pueblo de Catamarca.
Los demandantes argumentaron que el decreto 843/24, que modificó los criterios para el otorgamiento de estas pensiones, era inconstitucional y que las auditorías llevadas a cabo por la ANDIS estuvieron plagadas de irregularidades.
Los abogados de los afectados denunciaron que las notificaciones para las revisiones médicas fueron defectuosas y que muchos beneficiarios tuvieron dificultades para asistir, lo que les impidió ejercer su derecho a la defensa y al debido proceso.
El juez Guillermo Díaz Martínez dictaminó a favor de los demandantes, subrayando la legitimación del Defensor del Pueblo para actuar en la causa.
En su fallo, el magistrado consideró que el derecho de los pensionados a no ser privados de sus beneficios era “verosímil” y que existía un “peligro en la demora”, ya que un retraso en la resolución podría causar daños irreparables en la vida de personas que dependen de estas pensiones para su subsistencia básica.
La decisión de Díaz Martínez se tomó sin dar traslado a la ANDIS, lo que implica que la parte demandada no tuvo la oportunidad de responder. Esta medida expeditiva refleja la urgencia con la que el juez evaluó la situación, priorizando la protección de un grupo vulnerable de la sociedad.
Este fallo, aunque de alcance limitado a Catamarca, abre la puerta a un debate más amplio sobre la legalidad y el procedimiento de las suspensiones masivas de pensiones por invalidez, poniendo el foco en el respeto de los derechos fundamentales de las personas con discapacidad en todo el país, según el reporte de Infobae.
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