La Corte Suprema ratificó la pena de Julio De Vido por la Tragedia de Once

La Corte Suprema desestimó el último recurso de Julio De Vido, ratificando su condena definitiva a cuatro años de prisión. El exministro fue considerado partícipe necesario de administración fraudulenta por la Tragedia de Once, lo que también implica inhabilitación perpetua para cargos públicos.

Julio de Vido. Foto NA

Fin de una Etapa Judicial

La sentencia, dictada originalmente hace tres semanas, ha quedado confirmada a partir de este jueves. El exfuncionario fue encontrado partícipe necesario del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración estatal.

Los jueces del máximo tribunal, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, declararon “inadmisibles” las apelaciones presentadas tanto por la fiscalía como por la defensa. Tras el fallo inicial del 11 de noviembre, los abogados de De Vido habían interpuesto un planteo de revocatoria in extremis, argumentando la existencia de un “marcado error” y la prescripción de la causa. No obstante, la Corte dictaminó que sus decisiones solo son revisables bajo “supuestos de situaciones serias e inequívocas”, que no se configuraron en este caso, ratificando así lo resuelto.

El Trayecto del Caso

El proceso judicial contra el exministro se inició en 2018, cuando el Tribunal Oral Federal 4 lo encontró responsable de no ejercer el debido control sobre los fondos destinados a la operadora Trenes de Buenos Aires (TBA). Aunque en esa instancia fue absuelto del cargo de estrago culposo, la Cámara Federal de Casación Penal ratificó la condena por administración fraudulenta.

Posteriormente, la Corte Suprema confirmó la responsabilidad penal del exministro y ordenó a Casación que redefiniera la pena, lo que resultó en la condena a cuatro años de reclusión. Las apelaciones posteriores de todas las partes fueron desestimadas por el máximo tribunal el pasado 11 de noviembre. La causa se cerró de manera definitiva con la decisión de la Corte de anular el último intento de la defensa de impedir la ejecución de la sentencia. La agencia Noticias Argentinas reportó que las notificaciones pertinentes ya han sido emitidas para proceder con la disposición del Tribunal Oral Federal 4.

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