El máximo tribunal falló a favor de una consejera cristiana al considerar que la ley estatal vulneraba la libertad de expresión. La decisión de 8 a 1 reabre el debate sobre la regulación de tratamientos en menores de edad.
El máximo tribunal falló a favor de una consejera cristiana al considerar que la ley estatal vulneraba la libertad de expresión. La decisión de 8 a 1 reabre el debate sobre la regulación de tratamientos en menores de edad.

El Tribunal Supremo de los Estados Unidos emitió este martes un fallo que redefine el alcance de las regulaciones estatales sobre la salud mental y la libertad de expresión.
Con una mayoría de ocho votos contra uno, la máxima instancia judicial del país dio la razón a la consejera cristiana Kaley Chiles, quien impugnó una ley de Colorado que prohibía a los profesionales con licencia realizar terapias de conversión (terapias destinadas a modificar la orientación sexual o identidad de género en menores).
El juez Neil Gorsuch, encargado de redactar la opinión de la mayoría, sostuvo que la normativa de Colorado incurrió en una censura basada en el punto de vista. Según el magistrado, la Primera Enmienda de la Constitución funciona como un resguardo frente a cualquier intento gubernamental de establecer una ortodoxia en el pensamiento.
En su argumentación, Gorsuch señaló que, si bien el Estado busca proteger la salud pública, no puede hacerlo restringiendo el discurso de un profesional de la salud basándose únicamente en el contenido de su mensaje.
La controversia legal enfrentó dos visiones sobre la función estatal. Por un lado, el Gobierno de Colorado, encabezado por el gobernador Jared Polis, defendió la ley de 2019 bajo la premisa de que estas prácticas son inseguras e ineficaces.
Organizaciones como la Asociación Americana de Psicología (APA) respaldaron esta postura, aportando estudios que vinculan estas intervenciones verbales con un incremento en el riesgo de suicidio y daños psicológicos en jóvenes.
Por otro lado, la defensa de Chiles, representada por la organización Alliance Defending Freedom, argumentó que la prohibición impedía a los terapeutas ofrecer una guía basada en principios religiosos a familias que la solicitaban de manera voluntaria.
Los abogados destacaron que la ley permitía tratamientos que reafirmaban la transición de género, pero castigaba con multas de hasta 5.000 dólares a quienes exploraran objetivos diferentes, lo que consideraron un trato desigual ante la ley.
La jueza Ketanji Brown Jackson fue la única integrante del tribunal en votar en contra de la decisión. En su escrito, Jackson advirtió que los estados poseen la facultad histórica de regular la profesión médica para proteger a la ciudadanía.
Según la magistrada, el fallo abre una “caja de Pandora” que podría debilitar la capacidad de las autoridades para restringir tratamientos peligrosos por la comunidad científica, bajo el argumento de que dichos tratamientos consisten primordialmente en el uso de la palabra.
A pesar de la contundencia del fallo, la Corte dejó abierta una distinción importante. La resolución se aplica específicamente a la terapia de conversación, pero no impide que los estados prohíban intervenciones físicas o técnicas “aversivas” que busquen el mismo fin.
Actualmente, 23 estados y el Distrito de Columbia mantienen leyes que restringen o prohíben estas prácticas en menores de 18 años. El fallo del martes no anula automáticamente estas legislaciones, pero ordena a los tribunales inferiores revisar el caso de Colorado bajo un estándar legal más estricto, lo que podría generar un efecto dominó que invalide normativas similares en el resto del país.
Este pronunciamiento se suma a una serie de sentencias recientes donde el Tribunal Supremo ha priorizado los derechos de libertad religiosa y de expresión frente a las normativas de protección a la comunidad LGBT.
El gobernador Polis manifestó que su administración evalúa el fallo para encontrar nuevas vías que permitan proteger a los jóvenes sin entrar en conflicto con la Constitución.
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