Reforma laboral: un juez dio marcha atrás y restableció el nuevo cálculo de indemnizaciones

Raúl Ojeda, quien había suspendido 82 artículos de la ley, decidió reactivar el que fija la actualización de deudas laborales por inflación más un 3%. El magistrado argumentó que su propia cautelar perjudicaba a los trabajadores al dejar vigentes índices provinciales menos favorables.

Raúl Horacio Ojeda, juez Nacional del Trabajo, que frenó 82 artículo de la ley de modernización laboral

En un giro inesperado, el juez nacional del Trabajo Raúl Horacio Ojeda revocó parte de su medida cautelar dictada la semana pasada a pedido de la CGT. Si bien mantiene suspendidos 81 artículos del núcleo de la reforma de Javier Milei, restableció la vigencia del artículo 55, que regula cómo se ajustan los montos en los juicios laborales.

Claves del nuevo fallo:

  • Índice reactivado: Se aplicará el IPC (inflación) más un 3% anual para actualizar las deudas.

  • Efecto federal: El juez detectó que en varias provincias (como Buenos Aires, Córdoba y Mendoza) los sistemas actuales pagaban menos que la nueva ley.

  • Argumento: Ojeda consideró “más conveniente” para el trabajador el cálculo de la nueva norma tras un relevamiento académico.

Los puntos que siguen frenados

Pese a este retroceso parcial, el magistrado mantuvo la suspensión de los pilares de la Ley de Modernización Laboral. Entre los puntos que continúan sin efecto por orden judicial se encuentran:

  • Fondo de Asistencia Laboral (FAL): El sistema que busca reemplazar las indemnizaciones tradicionales.

  • Derecho a huelga: Las limitaciones y categorías de “servicios esenciales”.

  • Trabajo en plataformas: La exclusión de repartidores del ámbito de protección legal.

  • Teletrabajo: La derogación de la ley vigente que protegía esta modalidad.

  • Banco de horas: La posibilidad de negociar jornadas de forma individual y el pago de indemnizaciones en cuotas.

El perfil del juez y la reacción oficial

Raúl Ojeda, quien fue asesor del exministro kirchnerista Carlos Tomada, justificó su decisión inicial en el “peligro en la demora” y la necesidad de evitar daños irreparables si la ley luego es declarada inconstitucional.

Desde el Ministerio de Capital Humano ya confirmaron que apelarán la suspensión de los 81 artículos restantes, mientras la CGT celebra el reconocimiento de su legitimidad para frenar lo que consideran “modificaciones peyorativas” a los derechos de los trabajadores. Por ahora, la reforma queda en un limbo legal hasta que se dicte una sentencia de fondo.

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