removieron a los fiscales del caso Dalmasso por irregularidades y negligencia en la instrucción

El Jurado de Enjuiciamiento destituyó a los fiscales Di Santo, Miralles y Pizarro por mal desempeño en el caso Dalmasso. El tribunal acreditó negligencia grave, omisión de pruebas de ADN y la construcción de hipótesis basadas en prejuicios de género.

Nora Dalmasso

El Jurado de Enjuiciamiento dictaminó la expulsión definitiva de Javier Di Santo, Daniel Miralles y Luis Pizarro de sus cargos en el Ministerio Público Fiscal, tras concluir que su actuación en la investigación por el asesinato de Nora Dalmasso fue ineficiente y estuvo plagada de errores técnicos. El veredicto, emitido en la noche del miércoles bajo la conducción de Julieta Rinaldi, validó la acusación de la fiscal general adjunta Betina Croppi, quien sostuvo que los funcionarios omitieron pruebas genéticas cruciales y desviaron la atención hacia teorías infundadas que solo sirvieron para estigmatizar a la víctima y a su entorno familiar. Para el tribunal, quedó acreditado que los acusados priorizaron juicios morales sobre la búsqueda del autor material, permitiendo que evidencias de ADN que apuntaban a un sospechoso directo fueran desestimadas durante casi dos décadas.

La sentencia fue recibida con profunda conmoción por los hijos y el viudo de la mujer asesinada en 2006, quienes presenciaron cómo la acusación desgranaba los desaciertos de cada etapa procesal. Mientras a Di Santo se le reprochó haber impulsado narrativas novelescas que dañaron la integridad de los descendientes de Dalmasso, a Miralles y Pizarro se les cuestionó la falta de sustento probatorio en sus elevaciones a juicio y la omisión deliberada de la figura de abuso sexual en sus carátulas. La resolución judicial subrayó que el trabajo de los tres ahora exmagistrados representó un ejemplo negativo de cómo abordar la violencia de género, optando por líneas de investigación basadas en prejuicios en lugar de seguir las huellas científicas que el FBI había suministrado años atrás.

A pesar de que las defensas argumentaron que sus clientes actuaron bajo la complejidad propia de una causa mediática y sin mala intención, los votos del jurado —integrado por legisladores y una representante del Tribunal Superior de Justicia— confirmaron que la desidia administrativa fue de una gravedad tal que ameritaba la máxima sanción administrativa. Aunque este juicio político no tiene incidencia directa sobre la responsabilidad penal del homicidio, el cual ya ha prescrito por el paso del tiempo, representa una condena institucional a la cadena de fallos que impidió el acceso a la justicia. Con este desenlace, se cierra un capítulo oscuro para el Poder Judicial cordobés, dejando una advertencia sobre la responsabilidad ética y profesional de quienes lideran las investigaciones criminales en la provincia.

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