Casación confirmó la absolución de Patricio Reynoso: Estuvo preso acusado de arrojar a su novia desde un balcón

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional ratificó la absolución de Patricio Reynoso por la caída y muerte de su novia, Pilar Riesco, en 2020. El tribunal fundamentó que no existen pruebas suficientes que acrediten la comisión de un femicidio.

La Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó de manera definitiva la absolución de Patricio Reynoso, quien había llegado a juicio imputado por la muerte de su pareja, Pilar Riesco. El trágico hecho ocurrió en marzo de 2020, cuando la joven de 21 años falleció al caer desde el cuarto piso de un edificio en el barrio porteño de Nueva Pompeya.

Dato clave del fallo: Los jueces remarcaron que condenar basándose únicamente en un contexto de relación violenta sin pruebas del hecho concreto vulnera la presunción de inocencia y debilita el Estado de Derecho.

La resolución judicial contó con las firmas de los magistrados Alberto Huarte Petite, Pablo Jantus y Horacio Días. La intervención del tribunal de alzada se produjo tras la presentación de recursos de casación formulados por el Ministerio Público Fiscal y la querella, que buscaban revertir la absolución absolutoria dictada en 2022 por el Tribunal Oral en lo Criminal N°18.

Durante el juicio oral de primera instancia, el fiscal Guillermo Morosi no formuló acusación por la figura de femicidio al entender que no existía certeza técnica para afirmar que Reynoso hubiera arrojado a la joven al vacío. Si bien la fiscalía había solicitado una pena por agresiones previas, los jueces de grado resolvieron la absolución total por falta de elementos probatorios suficientes.

Fundamentos del fallo y garantismo constitucional

En sus consideraciones, los camaristas señalaron que el tribunal de origen evaluó adecuadamente las pruebas bajo las reglas de la sana crítica racional. Los magistrados subrayaron que el expediente conforma un cuadro de duda insuperable que impide alcanzar el estándar de certeza exigido para imponer una sentencia condenatoria.

Asimismo, la alzada advirtió que pretender una condena basada en el contexto de pareja antes que en la prueba del hecho específico resulta constitucionalmente inadmisible. Los jueces argumentaron que desplazar la sanción hacia el terreno de una condena injusta no combate la impunidad, sino que daña al sistema de justicia y debilita la confianza en la seguridad jurídica.

En ese sentido, el tribunal destacó que la presunción de inocencia no constituye un privilegio procedimental, sino la garantía que impide la imposición de penas estatales sin la acreditación certera de la responsabilidad penal en el hecho juzgado.

Antecedentes del caso y postura de la defensa

El suceso investigado tuvo lugar la tarde del 15 de marzo de 2020 en un inmueble ubicado sobre la calle Alagón al 300. Según la reconstrucción de las actuaciones, tras regresar de una salida nocturna se desencadenó una discusión entre ambos. Según la declaración del acusado, la joven arrojó objetos en la vivienda antes de dirigirse al balcón y arrojarse al vacío de manera voluntaria.

Tras la ratificación del fallo absolutorio, los abogados defensores Leandro Giannini y Fernando Arias Caamaño resaltaron el valor del debido proceso. Los letrados remarcaron que la prueba objetiva colisionaba directamente con las hipótesis acusatorias y que el estándar probatorio exigido nunca fue alcanzado durante la instrucción.

Con la resolución emitida por la Cámara de Casación, concluye el recorrido judicial sobre la responsabilidad penal del imputado. El fallo deja firme la sentencia que libera de culpa y cargo a Reynoso, cerrando la instancia de revisión en el fuero penal nacional.

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