La provincia reglamentó la ley de transparencia fiscal y obligará a discriminar Ingresos Brutos y Profesiones Liberales en facturas y comprobantes. La medida ya puede implementarse y prevé plazos graduales de adecuación para los contribuyentes.
La provincia reglamentó la ley de transparencia fiscal y obligará a discriminar Ingresos Brutos y Profesiones Liberales en facturas y comprobantes. La medida ya puede implementarse y prevé plazos graduales de adecuación para los contribuyentes.

Entre Ríos reglamentó la Ley 11.232 de adhesión al Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor y fijó cómo deberá aplicarse la obligación de detallar la incidencia de impuestos provinciales en facturas, tickets y comprobantes fiscales. La norma se oficializó tras el Decreto 1121/26 y la Resolución 128 de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER).
La medida alcanzó a las operaciones de venta de bienes y de prestación de servicios a consumidores finales. En esos comprobantes deberán figurar, además del IVA y de otros impuestos nacionales indirectos, los tributos provinciales vinculados a la formación de precios: Ingresos Brutos y el Impuesto al Ejercicio de las Profesiones Liberales.
Desde el Gobierno entrerriano presentaron la iniciativa como una política de transparencia fiscal orientada a que los consumidores conozcan qué impuestos integran lo que pagan. También remarcaron que el esquema tuvo fines informativos y no recaudatorios, y que por eso se permitió trabajar con valores estimados para facilitar la adaptación de los sistemas de facturación.
El titular de ATER, Jesús Korell, sostuvo que Entre Ríos fue una de las primeras jurisdicciones en adherir a la ley nacional y defendió la importancia de contar con un régimen provincial propio. “La información sobre la incidencia tributaria en bienes y servicios es un derecho de los consumidores que esta gestión reconoce y garantiza con esta medida”, afirmó.
La reglamentación dispuso que deberán cumplir con el régimen los contribuyentes inscriptos en Ingresos Brutos, tanto en Régimen Directo como en Convenio Multilateral, y también quienes tributen el Impuesto al Ejercicio de las Profesiones Liberales. En todos los casos, deberán discriminar alícuotas e importes estimados o aproximados.
Quedaron excluidos los contribuyentes del Régimen Simplificado. Además, la información deberá ubicarse después de la descripción de la operación y del IVA, con la leyenda “Impuestos Provinciales o Ingresos Brutos o Profesiones Liberales” en el sector inferior izquierdo del comprobante.
La implementación será gradual y escalonada. Para los grandes contribuyentes, la obligación regirá a partir de los 60 días corridos desde la vigencia de la resolución. Para el resto de los contribuyentes, el plazo será de 180 días corridos.
De esta manera, la provincia se sumó así a un esquema que buscó hacer más visible el peso de los tributos en el precio final. La discusión que se abre ahora pasa por cómo impactará en la relación entre contribuyentes, consumidores y sistemas de facturación, y si la transparencia prometida se traducirá en una lectura más clara del precio que paga cada cliente.
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