Mediante la aplicación de la ley de juicio en ausencia, la Cámara Federal destrabó el envío a juicio oral de los ciudadanos iraníes prófugos. El fallo revocó la pausa previa y priorizó la celeridad tras tres décadas de impunidad.
Mediante la aplicación de la ley de juicio en ausencia, la Cámara Federal destrabó el envío a juicio oral de los ciudadanos iraníes prófugos. El fallo revocó la pausa previa y priorizó la celeridad tras tres décadas de impunidad.

El tribunal de apelaciones resolvió avanzar en el proceso de envío a juicio oral de los ciudadanos iraníes y libaneses acusados por el atentado contra la AMIA. La decisión de la Cámara Federal, firmada por los jueces Mariano Llorens y Martín Irurzun, revocó una medida dictada por el juez federal Daniel Rafecas, quien había dispuesto pausar el trámite formal.
El magistrado de primera instancia consideraba necesario esperar a que la Cámara Federal de Casación Penal resolviera primero un planteo de inconstitucionalidad contra la ley de juicio en ausencia.
La resolución judicial de la Cámara Federal determinó que la existencia de recursos pendientes ante un tribunal superior no obstaculizará la prosecución del caso hacia la etapa de debate.
Los camaristas remarcaron la condición de rebeldía de los acusados extranjeros y priorizaron la necesidad de dotar de celeridad a la causa AMIA. El juez Llorens recordó en su voto que transcurrieron más de treinta años desde la voladura de la mutual judía sin que el Estado cumpliera con su deber de esclarecimiento.
Asimismo, el tribunal fundamentó su decisión en los parámetros fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso asociativo de Memoria Activa contra el Estado argentino.
El fallo de la alzada judicial exhortó a remover las barreras formales de derecho interno que retrasen el conocimiento de la verdad o colaboren con la impunidad del ataque terrorista, ocurrido el 18 de julio de 1994 en Pasteur 633, que provocó 85 víctimas fatales.
Por otra parte, el juez Irurzun coincidió con el planteo del titular de la Unidad Fiscal AMIA, Sebastián Basso. El representante del Ministerio Público Fiscal había solicitado meses atrás el procesamiento de 10 ciudadanos extranjeros imputados en el expediente. El fiscal apeló la postura suspensiva del juez de instrucción bajo el argumento de que las leyes del Congreso de la Nación son de aplicación inmediata tras su aprobación.
La herramienta jurídica aplicada es la ley 27.784 de juicio en ausencia, sancionada por el Congreso en 2025. La normativa permite desarrollar el juzgamiento de crímenes graves contra los derechos humanos cuando los implicados permanezcan prófugos.
Bajo esta condición se encuentran los imputados extranjeros con alertas rojas de Interpol vigentes desde 2006, entre ellos los exfuncionarios Alí Fallahijan, Ali Akbar Velayati, Moshen Rezai y el jerarca Alí Asghar Hejazi.
El juzgado federal de origen deberá reanudar las definiciones procesales pendientes de cara a la elevación de la causa. Resta establecer si el inicio formal del debate oral antes de la confirmación definitiva de la constitucionalidad de la ley garantizará la firmeza de las futuras condenas o si abrirá la puerta a nuevos litigios técnicos en el plano internacional.
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