Caso $LIBRA: la Justicia apartó a los querellantes de la causa

El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi hizo lugar al pedido de la defensa de Mauricio Novelli. Determinó que el desplome del token promocionado por el presidente Javier Milei constituyó un riesgo de mercado y no una estafa tradicional.

Hayden Davis y Javier Milei. Foto X

El panorama de los tribunales en torno al denominado criptoescándalo $LIBRA sufrió un vuelco determinante. El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi dictó una resolución de alto impacto que reconfigura la investigación penal que involucra de forma directa al presidente Javier Milei y al lobbista del sector digital, Mauricio Novelli.

El desplome en cifras: El activo digital pasó de valer centavos de dólar a más de 5 dólares tras un tuit presidencial, para luego licuar su valor por completo en apenas 40 minutos.

La medida judicial dispuso el apartamiento definitivo de los damnificados que se habían constituido formalmente como querellantes en el expediente. El magistrado hizo lugar de este modo al recurso técnico presentado por la defensa del criptolobbista Novelli, quien venía reclamando la desestimación de la denuncia por supuesta estafa corporativa.

Los fundamentos del fallo judicial

El tribunal convalidó el argumento de que en la operatoria de la moneda virtual no se cumplió la secuencia delictiva típica que exige el Código Penal argentino. Para configurar el delito de defraudación, la norma penal requiere la coexistencia explícita de ardid, error, disposición patrimonial y perjuicio económico inducido. La defensa demostró que los denunciantes actuaron como inversores conscientes en un mercado financiero desregulado.

En su escrito, Martínez de Giorgi ponderó que el activo bajo investigación constituye técnicamente una “memecoin”, una categoría de tokens de alta volatilidad creados originalmente bajo una lógica de humor o sátira digital. Bajo este criterio doctrinario, las pérdidas financieras de los denunciantes obedecen a los riesgos intrínsecos del mercado especulativo antes que a una maniobra ilícita coordinada.

Además, el juez federal remarcó una falencia técnica insalvable referida a la trazabilidad de los fondos en la red Solana. La resolución consigna que los denunciantes no pudieron demostrar de manera fehaciente ser los legítimos propietarios de las billeteras virtuales utilizadas para la compra y venta del cuestionado token financiero, invalidando su rol de particulares directamente ofendidos.

La exclusión de los damnificados

La resolución judicial resolvió excluir del proceso a los inversores particulares Juan Patricio Marchetto, Alan Vega, Matías Alejandro Paris, Braian Emanuel Quintero y Martín Romeo. Estos ciudadanos damnificados se encontraban nucleados en dos estructuras de querella independientes que buscaban la imputación penal de los promotores públicos del proyecto.

El origen de la causa judicial se remonta al pasado 14 de febrero, fecha en la que el jefe de Estado utilizó su perfil oficial en la plataforma X para promocionar públicamente el lanzamiento del token. En aquella publicación, el mandatario nacional había aducido que la criptomoneda serviría para financiar de forma directa a empresas productivas argentinas, provocando una escalada de compras que finalizó en un violento desplome financiero.

El sorpresivo fallo de los tribunales de Comodoro Py se conoció un viernes en las primeras horas de la mañana, coincidiendo con la previa del trascendental cruce deportivo de la Selección Argentina de fútbol. El timing de la notificación judicial generó fuertes suspicacias políticas entre los letrados que patrocinan a las familias afectadas por el esquema financiero.

La causa, que aún se mantiene caratulada como una noticia judicial en pleno desarrollo, promete sumar nuevas instancias de apelación ante las cámaras superiores. Los abogados de los damnificados apartados ya evalúan recurrir la decisión del magistrado para intentar reincorporarse a la pesquisa penal y evitar el archivo definitivo del proceso contra el entorno presidencial.

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