Tras recibir la condena a prisión perpetua por el femicidio de su esposa, el abogado José Figueroa se suicidó en el penal salteño de Villa Las Rosas. La autopsia confirmó ahorcamiento y la Fiscalía investiga la custodia penitenciaria.
Tras recibir la condena a prisión perpetua por el femicidio de su esposa, el abogado José Figueroa se suicidó en el penal salteño de Villa Las Rosas. La autopsia confirmó ahorcamiento y la Fiscalía investiga la custodia penitenciaria.

Un informe preliminar de autopsia confirmó la muerte por asfixia por ahorcamiento de José Eduardo Figueroa, el abogado de 37 años condenado por el femicidio de su esposa, Mercedes Jiménez Kvedaras. El hallazgo ocurrió en el patio interno del pabellón F de la Unidad Carcelaria Número 1 de Villa Las Rosas, en la capital salteña, instantes después de la cena y del conteo vespertino de internos.
Las pericias elaboradas por el Servicio de Tanatología Forense del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) revelaron que los surcos en el cuello del fallecido correspondían a una soga confeccionada con vendas. Los investigadores presumen que el interno obtuvo el material médico la semana previa, durante un traslado autorizado a una clínica privada.
La causa quedó a cargo del fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Daniel Espilocín, bajo los lineamientos del procurador general Pedro García Castiella. La normativa local exige investigar todo fallecimiento en contexto de encierro bajo protocolos de muerte violenta hasta descartar cualquier intervención de terceros. Tras confirmar la mecánica del hecho, las actuaciones judiciales viraron hacia la responsabilidad del personal penitenciario.
El sector donde ocurrió el episodio albergaba presos de bajo conflicto y carecía de cámaras de videovigilancia con cobertura permanente en la zona del patio. Pese a que el tribunal integrado por los jueces Cecilia Flores Toranzo, Eduardo Sángari y Leonardo Feans dispuso apoyo psicológico y psiquiátrico obligatorio al momento del fallo, las autoridades penitenciarias sostuvieron que Figueroa no registraba antecedentes de conductas autolesivas en el legajo interno.
Paralelamente al expediente penal, el Servicio Penitenciario de Salta inició un sumario administrativo interno. El objetivo central reside en reconstruir los minutos posteriores a las 18 y determinar si el celador y el personal de guardia incurrieron en fallas relativas a los deberes de custodia y control de insumos médicos.
El 30 de abril de 2026, el tribunal de primera instancia condenó por unanimidad a Figueroa a la pena de prisión perpetua. La Justicia lo encontró autor del delito de homicidio doblemente calificado por el vínculo y por mediar violencia de género. El hecho imputado ocurrió el 4 de agosto de 2023 en la vivienda familiar ubicada en el barrio privado El Tipal.
En aquel inmueble, la víctima, de 37 años, falleció producto de una asfixia mecánica mixta causada por estrangulamiento y sofocación manual. Las pruebas testimoniales de familiares y allegados acreditaron un historial previo de agresiones físicas y psicológicas ante la decisión de la mujer de poner fin a la relación matrimonial.
La defensa del condenado, ejercida por el abogado Juan Casabella Dávalos, había presentado un recurso ante el Tribunal de Impugnación solicitando el encuadre de la causa bajo la figura de emoción violenta. El fallecimiento del imputado extingue la acción penal antes de que la condena obtenga firmeza procesal.
¿Hasta qué punto las fallas en los protocolos de requisa e inspección de insumos médicos en los penales vulneran la responsabilidad del Estado en la custodia de condenados por delitos graves?
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