Frenan las multas al gobierno por incumplir el financiamiento universitario

La Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo suspendió provisoriamente las multas de $100.000 diarios a la Jefatura de Gabinete, tras admitir una queja del Ejecutivo por el reclamo de la Ley de Financiamiento Universitario.

La Justicia suspendió las sanciones por la ley universitaria. Foto: NA.

La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal le concedió un alivio procesal al Poder Ejecutivo. A través de un fallo firmado este jueves, los magistrados hicieron lugar al recurso de queja presentado por el Ministerio de Capital Humano y congelaron provisoriamente las astreintes impuestas al jefe de Gabinete, Diego Santilli.

Con la firma de los jueces Sergio Gustavo Fernández, José Luis López Castiñeira y Jorge Eduardo Morán, el tribunal resolvió tramitar la apelación estatal con efecto suspensivo. Esta decisión implica que la penalidad económica dictada por el juez de primera instancia, Martín Cormick, no se ejecutará mientras el expediente continúe su curso en la justicia federal.

Los argumentos oficiales y el reclamo salarial

La controversia central gira en torno a la ejecución de la Ley de Financiamiento Universitario. Tras un reclamo impulsado por el Consejo Interuniversitario Nacional, el juez Cormick había considerado verificado el incumplimiento de la medida cautelar que exige actualizar los salarios del personal docente y no docente, así como garantizar las partidas para las becas estudiantiles.

Desde la postura oficial, las autoridades de Capital Humano sostienen que la exigencia judicial resulta indeterminada al no fijar montos ni porcentajes específicos para dar por satisfecha la orden.

Asimismo, la representación legal del Estado argumentó que las recomposiciones otorgadas desde diciembre de 2023 acumulan un aumento del 226,80 por ciento, cifra que el Ejecutivo considera suficiente en relación con la inflación acumulada del período.

El alcance de la resolución en la Justicia

Pese al freno de las sanciones, los integrantes de la Cámara aclararon que la medida no resuelve la cuestión de fondo ni convalida la posición del Gobierno sobre el cumplimiento de la ley. Los camaristas precisaron que la decisión busca evitar un gravamen irreparable a la parte demandada, sin anticipar un juicio definitivo sobre la recomposición salarial reclamada.

El fallo de primera instancia se había producido en vísperas de la quinta Marcha Federal Universitaria, luego de que vencieran los plazos otorgados por la justicia para acreditar el pago de los haberes actualizados.

En esa misma causa, el magistrado había declarado previamente la inconstitucionalidad del decreto 759/2025, normativa con la cual el Poder Ejecutivo condicionó la aplicación de la ley a que el Congreso identificara las fuentes de financiamiento.

Especialistas del ámbito legal remarcan que la cautelar principal —confirmada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 25 de junio de 2026— sigue plenamente vigente.

La intervención de la Cámara abre ahora una etapa de revisión técnica sobre los montos liquidados y los alcances reales de la normativa vigente. La causa entra en un terreno de definición respecto al equilibrio entre el rigor de los presupuestos públicos y los mandatos de la legislación universitaria. ¿Logrará el trámite de apelación fijar pautas claras para resolver un conflicto que ya trasciende las aulas y los tribunales?

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