El titular del Juzgado Federal N° 3 de Córdoba, Miguel Hugo Vaca Narvaja, dictó una medida cautelar de alcance nacional que ordenó al programa Incluir Salud y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) normalizar la cadena de pagos a los prestadores de personas con discapacidad. La resolución estableció un límite de 72 horas para su cumplimiento y extendió la vigencia de la norma por seis meses o hasta que se dicte una sentencia firme.
La decisión judicial respondió a un amparo colectivo presentado por la abogada Marta Lastra, en representación del colectivo Defendamos Córdoba, junto a organizaciones como la Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado Mental (Apadim) y el Pequeño Cottolengo Don Orione.
Las entidades demandantes denunciaron retrasos crónicos en los cobros estatales que provocaron la interrupción de terapias y la falta de entrega de medicamentos durante febrero, marzo y abril a beneficiarios del Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Argumentos del Poder Ejecutivo
La Subsecretaría de Políticas de Acceso y Apoyos, dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, justificó las demoras mediante un informe incorporado al expediente judicial. La autoridad sanitaria alegó que el programa Incluir Salud atraviesa un reordenamiento estructural tras su transferencia administrativa desde la órbita de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).
Según la posición oficial, la adaptación a los estándares de gestión centralizada ralentizó los pagos, pero el proceso busca corregir desvíos acumulados y garantizar la sostenibilidad del sistema sin reducir las coberturas vigentes.
Paralelamente, el Poder Ejecutivo Nacional fundamentó la suspensión de la Ley de Emergencia en Discapacidad (N° 27.793$) a través de los Decretos 534/25 y 681/2025. La postura gubernamental supeditó la aplicación de la norma a que el Congreso de la Nación determine las fuentes de financiamiento correspondientes en el presupuesto.