La Cámara Electoral advierte que se agotan los tiempos para reformas

Ante el avance de proyectos para modificar o eliminar las PASO, magistrados federales reclamaron al Congreso definir los cambios legislativos con suficiente antelación para resguardar la previsibilidad técnica de las elecciones 2027.

Integrantes de la Cámara Nacional Electoral. Foto: Web.

La Cámara Nacional Electoral dirigió una acordada extraordinaria al Congreso de la Nación y al Poder Ejecutivo para advertir sobre los riesgos de modificar las reglas de votación en las cercanías de los comicios. Los tres magistrados del tribunal de alzada sostuvieron que “alterar la estabilidad del orden legal durante un mismo proceso electoral puede producir más daños que beneficios”, por lo que resulta indispensable dotar de certidumbre a la organización previa.

El pronunciamiento unánime, firmado por los camaristas Alberto Dalla Vía, Santiago Corcuera y Daniel Bejas, llegó mientras el Gobierno nacional impulsa la derogación de las PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias).

Frente a la existencia de diversos proyectos en trámite parlamentario, los jueces advirtieron sobre la necesidad de “resguardar la previsibilidad y la integridad del proceso electoral venidero” antes de ingresar en la agenda del año comicial.

Estándares internacionales y plazos idóneos

Para respaldar el reclamo, el tribunal citó normativas internacionales citadas en su documento. Mencionó el Manual para la Observación de Sistemas de Justicia Electoral de la Organización de Estados Americanos (OEA), el cual sostiene que “el plazo idóneo para introducir cambios es de entre seis y tres meses antes del inicio formal del proceso”, tiempo que otorga un margen “razonable y suficiente” para adecuar la reglamentación.

Asimismo, incorporó el Código de Buenas Prácticas de la Comisión de Venecia, que sugiere que “los elementos fundamentales del derecho electoral no deberían ser modificables menos de un año antes de una elección”.

Los camaristas aclararon que los cambios en el régimen de partidos o el financiamiento político implican una serie de “adecuaciones complejas” para los juzgados federales de todo el país. Recordaron además que la agenda institucional se rige por un cronograma electoral de “plazos perentorios e improrrogables” subordinados al día de la votación.

El antecedente de las elecciones legislativas

Como muestra de las dificultades de implementación, el tribunal recuperó lo sucedido en las elecciones de 2025, cuando el Congreso aprobó la ley 27.783 de suspensión de las primarias.

La magistratura remarcó que aquella experiencia confirmó “de modo indudable” la importancia de contar con tiempo, puesto que la casi totalidad de los partidos debió seleccionar postulantes sin el voto directo de sus afiliados, a excepción de una alianza electoral integrada por 626 agrupaciones.

Los camaristas puntualizaron que el documento firmado “no importa juicio de valor alguno sobre el contenido, la conveniencia político institucional o el mérito” de la reforma electoral, tarea que definieron como privativa del Poder Legislativo. La acordada fue notificada formalmente a la Vicejefatura de Gabinete del Interior, a la Dirección Nacional Electoral (DINE) y a los juzgados electorales de todo el territorio nacional.

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