causa por lavado contra Jorge Macri: la Corte Suprema anuló su sobreseimiento

Jorge Macri FOTO: (ARCHIVO)/NA.

En un fallo que sacude el tablero político de la Ciudad de Buenos Aires, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió revocar el sobreseimiento de Jorge Macri en una causa que investiga el presunto delito de lavado de activos. La decisión, tomada por mayoría, deja sin efecto las resoluciones de tres instancias inferiores que habían cerrado el expediente y ordena que la investigación regrese al juzgado de origen para producir nuevas medidas de prueba.

El foco del conflicto judicial es la adquisición de un inmueble en Miami en el año 2011, realizada a través de la sociedad ICON UNIT 1704 LLC. En aquel entonces, el actual Jefe de Gobierno porteño se desempeñaba como diputado provincial. La operación, cerrada por un monto de 402.963 dólares, fue justificada por la defensa de Macri mediante dos préstamos: uno otorgado por el BAC Florida Bank y otro proveniente de una sociedad uruguaya vinculada a su entorno familiar.

El giro de la Corte

Hasta este fallo, Jorge Macri contaba con el respaldo del Juzgado Federal de San Isidro, la Cámara Federal de San Martín y la Cámara de Casación Penal. Estas instancias se basaron en peritajes oficiales y reportes de la ex-AFIP (actual ARCA) que indicaban que la familia Macri poseía la capacidad patrimonial y financiera suficiente para la compra y que los préstamos estaban documentados.

Sin embargo, los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto a los conjueces Pablo Candisano Mera y Abel Guillermo Sánchez, consideraron que el cierre de la causa fue “prematuro”. La mayoría del tribunal argumentó que, si bien la justicia no debe realizar “excursiones de pesca” (investigaciones sin indicios claros), en este caso existen elementos señalados por la fiscalía que fueron “dogmáticamente soslayados” por los jueces anteriores. Para la Corte, no se ha demostrado de manera concluyente la inexistencia de una maniobra de lavado, especialmente en lo que respecta al origen de los fondos del préstamo uruguayo.

Disidencia y argumentos enfrentados

En la vereda opuesta, el juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia, sosteniendo que el sobreseimiento debía quedar firme. Rosenkrantz argumentó que la licitud de los fondos había sido probada por el Cuerpo de Peritos Contadores de la propia Corte y que el inmueble fue declarado oportunamente ante el fisco nacional. Según su visión, el recurso del fiscal no logró refutar los fundamentos técnicos que ya habían validado la procedencia regular del dinero.

A pesar de estas objeciones, el voto mayoritario prevaleció, subrayando que los funcionarios públicos están sujetos a un “escrutinio más estricto” en materia de transparencia patrimonial. El fallo recalca que la evaluación de la prueba en las instancias previas fue arbitraria al ignorar los agravios presentados por el Ministerio Público Fiscal.

Con esta resolución, el expediente vuelve a la primera instancia. La justicia deberá ahora determinar si el entramado de préstamos y sociedades extranjeras fue una operación financiera legítima o una estructura para canalizar fondos de origen injustificado. Para Jorge Macri, este revés judicial implica retomar una defensa técnica en un caso que, tras haber sido dado por muerto en 2019, recupera hoy plena vigencia institucional.

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