En la Legislatura de la Ciudad, un proyecto busca habilitar la venta de cigarrillos electrónicos para mayores de 18 años, pero aplicando una veda absoluta a su consumo en cualquier espacio cerrado público o privado.
En la Legislatura de la Ciudad, un proyecto busca habilitar la venta de cigarrillos electrónicos para mayores de 18 años, pero aplicando una veda absoluta a su consumo en cualquier espacio cerrado público o privado.

El Poder Legislativo porteño trató la iniciativa impulsada por la legisladora Graciela Ocaña, junto a María Sol Méndez y Sebastián Nagata, integrantes del espacio Confianza Pública.
La propuesta buscó otorgar un marco regulatorio local a la distribución y venta de los denominados productos emergentes de tabaco para mayores de 18 años. Esta medida replicó el giro de la normativa de la cartera de Salud de la Nación, que en abril de 2026 derogó las prohibiciones previas de comercialización mediante la Resolución 549/2026.
A diferencia del encuadre federal, el texto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fijó restricciones explícitas de consumo. La norma absorbió los lineamientos de la Ley 1799 del año 2005, extendiendo la prohibición de fumar en lugares cerrados a los dispositivos electrónicos.
En consecuencia, quedó vedado el uso de vapeadores en escuelas, hospitales, restaurantes, colectivos, estaciones de subte y teatros. Asimismo, la propuesta evaluó la inclusión de un gravamen del 6% en el impuesto a los Ingresos Brutos para equiparar estos productos con el cigarrillo convencional.
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El Ministerio de Salud de la Ciudad, liderado por Fernán Quirós, oficiará como autoridad de aplicación. El proyecto determinó la obligatoriedad de realizar al menos una campaña pública anual de concientización sobre los riesgos respiratorios y cardiovasculares del aerosol.
Según los fundamentos del texto, estos dispositivos emiten partículas ultrafinas, metales pesados y compuestos orgánicos volátiles, desmitificando la noción de que se trata de vapor de agua inofensivo.
Paralelamente, los datos estadísticos adjuntos encendieron las alertas en los entornos educativos. El Estudio Nacional de la Sedronar de 2025 expuso que el 29% de los estudiantes secundarios del país consumieron dispositivos electrónicos en el último año. A nivel local, un informe de más de veinte sociedades científicas determinó que el 8,9% de los adolescentes de entre 13 y 18 años de la Capital Federal son usuarios activos.
Frente a este escenario clínico, la normativa diseñó acciones específicas dentro del Programa de Salud Escolar y planteó la creación del Registro EVALI-CABA, un sistema de vigilancia epidemiológica dedicado a registrar las lesiones pulmonares causadas por estas sustancias inhaladas.
La flexibilización de la venta generó rechazos en el sector científico. La ex presidenta de la Asociación Argentina de Medicina Respiratoria, Cristina Borrajo, advirtió que la nicotina de estos elementos altera el neurodesarrollo en la adolescencia y genera toxicidad fetal.
Los especialistas señalaron además el riesgo del tabaquismo pasivo y el impacto en la pediatría, donde se registra el inicio del consumo a los 14 años de edad, sirviendo como puerta de acceso al tabaco tradicional en un plazo de 12 a 18 meses.
El avance de esta legislación abrió interrogantes sobre los mecanismos reales de control que implementará el Poder Ejecutivo local, encabezado por Jorge Macri, el cual dispondrá de un plazo de 180 días para proceder a su reglamentación.
Resta analizar si las herramientas de fiscalización en comercios y colegios resultarán suficientes para contener un mercado de diseños compactos y consumos de difícil detección olfativa, o si la legalización de los dispositivos facilitará la proliferación de nuevas dependencias en la población joven.
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