Por mayoría de votos, la Cámara del Crimen ratificó los procesamientos y embargos contra dos anestesistas del Hospital Italiano acusados de robar propofol. La causa penal vincula el faltante de drogas con el deceso de un residente.
Por mayoría de votos, la Cámara del Crimen ratificó los procesamientos y embargos contra dos anestesistas del Hospital Italiano acusados de robar propofol. La causa penal vincula el faltante de drogas con el deceso de un residente.

La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento del anestesiólogo Hernán Boveri y de la residente de tercer año Delfina Lanusse.
Ambos profesionales pertenecían al Hospital Italiano de Buenos Aires y quedaron imputados bajo el cargo de administración fraudulenta. La resolución judicial incluyó embargos de 70.000.000 de pesos para Boveri, en calidad de autor, y de 30.000.000 de pesos para Lanusse, señalada como partícipe secundaria.
El caso cobró relevancia institucional a partir del fallecimiento de Alejandro Zalazar, un anestesiólogo de 34 años hallado sin vida el 20 de febrero en un departamento del barrio de Palermo.
Los peritajes policiales determinaron que el deceso se produjo por una sobredosis de propofol y fentanilo, sustancias anestésicas de circulación estrictamente regulada. En la escena del hecho se incautaron frascos de medicamentos y una bomba de infusión, cuyos registros iniciaron el rastreo de trazabilidad de los fármacos.
A raíz del deceso, la Asociación de Anestesia, Analgesia y Reanimación de Buenos Aires y las autoridades del Hospital Italiano promovieron denuncias penales que resultaron unificadas en el juzgado a cargo del magistrado Javier Sánchez Sarmiento.
La hipótesis del Ministerio Público Fiscal, representado por Lucio Herrera, sugirió que las sustancias eran desviadas para su utilización recreativa e íntima fuera de las instituciones sanitarias.

Los jueces de instrucción Ignacio Rodríguez Varela y Mariano Scotto conformaron la mayoría del tribunal de alzada que validó las actuaciones. El fallo ponderó la declaración testimonial de una médica colega de Lanusse, quien describió situaciones compatibles con el consumo de sustancias y refirió comunicaciones donde la imputada admitía el uso compartido de propofol con Boveri.
Los camaristas señalaron que los acusados disponían de acceso continuo a las sustancias en la farmacia del nosocomio con motivo de sus tareas profesionales.
Por otra parte, el magistrado Rodolfo Pociello Argerich se pronunció en disidencia y votó a favor de la falta de mérito para los encausados. El juez argumentó que las auditorías del Hospital Italiano informaron la ausencia de faltantes de stock, diferencias de inventario o retiros excesivos por parte del personal imputado.
No obstante, la mayoría del tribunal consideró que las facilidades para burlar los registros internos de control resultaron suficientes para mantener el procesamiento en esta etapa del proceso penal.
Paralelamente, la investigación sumó registros fílmicos de las cámaras de seguridad del edificio donde residía el médico fallecido. Las imágenes mostraron a Lanusse en las inmediaciones del lugar portando un dispositivo electrónico, el cual los investigadores asociaron con una tableta digital perteneciente a la víctima que todavía no fue localizada por los agentes policiales.
La resolución judicial ratificó además la prohibición de salida del país por un término de 90 días para ambos imputados, junto con la restricción absoluta de contacto entre ellos.
Hernán Boveri, quien poseía una trayectoria destacada en la formación académica de anestesistas a nivel regional, se apartó de sus funciones en el Hospital Italiano luego de iniciadas las investigaciones.
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