La Ley de Inocencia Fiscal anuló más de 4.000 juicios penales de ARCA al elevar el piso de evasión a $100 millones. Aplicando la ley más benigna, la justicia cierra causas por montos desactualizados, enfocando recursos en delitos de mayor impacto.
La Ley de Inocencia Fiscal anuló más de 4.000 juicios penales de ARCA al elevar el piso de evasión a $100 millones. Aplicando la ley más benigna, la justicia cierra causas por montos desactualizados, enfocando recursos en delitos de mayor impacto.

La implementación de la Ley de Inocencia Fiscal ha provocado un giro drástico en los tribunales federales, resultando en la caída de aproximadamente 4.200 expedientes judiciales. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reconoció que estas causas, iniciadas originalmente bajo su órbita, han perdido sustento legal debido a la actualización de los pisos mínimos para considerar un impago como delito. Esta cifra oficial se limita exclusivamente a los procesos impulsados por el fisco, por lo que el número total de cierres podría ser sensiblemente mayor si se contabilizan las denuncias radicadas por sujetos privados.
El corazón de este cambio radica en la fuerte elevación de las cifras que separan una infracción administrativa de un delito penal. Con la nueva normativa, el límite para la evasión simple saltó de $1,5 millones a los actuales $100 millones. En el caso de la evasión agravada, el requisito mínimo se disparó de $15 millones a $1.000 millones. Los expertos tributaristas señalan que este desfasaje previo obligaba al Estado a gastar recursos en perseguir montos que, producto de la inflación, habían quedado totalmente distorsionados, sobrecargando el sistema judicial con expedientes de escaso impacto económico.
La desestimación masiva de estos juicios se apoya en el concepto jurídico de la “ley penal más benigna”. Este precepto obliga a aplicar de manera retroactiva cualquier cambio legislativo que beneficie al acusado, incluso si el hecho ocurrió bajo una regla anterior. Para operativizar esta transición, el ente recaudador emitió la Instrucción General 1/2026, que funciona como una hoja de ruta para que sus funcionarios analicen caso por caso si los montos investigados siguen superando la nueva “vara” legal. Si la cifra queda por debajo del flamante piso, la conducta deja de ser punible penalmente.
A diferencia de reformas anteriores, la actual legislación busca evitar que los valores vuelvan a quedar obsoletos frente al aumento generalizado de precios. Para ello, se estableció una cláusula de ajuste anual basada en la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA). Esto garantiza que el límite de intervención del derecho penal se mueva en sintonía con la realidad monetaria del país. No obstante, los especialistas advierten que cada futura actualización por inflación podría generar una nueva ola de revisiones judiciales, abriendo el debate sobre si cada ajuste anual permitirá liberar a más contribuyentes bajo el mismo principio de benignidad.
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