Las compañías deben identificar en las notas de los estados contables los títulos utilizados para cauciones bursátiles y el pasivo asociado
Las compañías deben identificar en las notas de los estados contables los títulos utilizados para cauciones bursátiles y el pasivo asociado

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) autorizó a las compañías de seguros y reaseguros a realizar operaciones de caución bursátil en moneda extranjera utilizando títulos públicos de su propia cartera, según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas.
La resolución 668/2025 permite que esos instrumentos se empleen como garantía en el mercado de capitales, pero fija que el producido de las operaciones solo podrá destinarse a la suscripción primaria de bonos soberanos en moneda extranjera emitidos por el Estado Nacional.
El organismo dispuso que el monto total afectado a estas cauciones no podrá superar el 20% del valor de la cartera de títulos públicos elegibles de cada entidad, con el objetivo de limitar el riesgo y asegurar que el grueso de las inversiones siga respaldando los compromisos con los asegurados.
Los bonos soberanos suscriptos con estos fondos serán computables a los efectos de capitales mínimos y de la cobertura de compromisos exigida por el artículo 35 de la Ley 20.091, reforzando así la solvencia regulatoria del sistema asegurador.
La SSN también ordenó a las compañías identificar en las notas a los estados contables los títulos utilizados para cauciones bursátiles y el pasivo asociado, con detalle de especie, valor nominal y condiciones, para mejorar la transparencia sobre la exposición en este tipo de operaciones, según establece la norma firmada por el superintendente Guillermo Plate.
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