Casación confirmó que revisarán la condena a Guillermo Moreno

En un fallo que ratifica la revisión del caso INDEC, la Cámara de Casación desestimó la apelación de la fiscalía y encomendó al fuero oral definir si corresponde anular la condena a Guillermo Moreno por prescripción.

Ordenan revisar la condena a Guillermo Moreno. Foto: Web.

Los jueces de la Sala II, Alejandro Slokar y Mariano Borinsky, declararon inadmisible el recurso extraordinario presentado por el fiscal Mario Villar. La decisión judicial impidió que el expediente escalara a la Corte Suprema de Justicia y ratificó que el tribunal de origen debe emitir un nuevo pronunciamiento sobre la vigencia de la acción penal contra el exsecretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, y la exdirectora del organismo, Beatriz Paglieri.

El fallo de origen, dictado el 7 de agosto de 2024 por los jueces Néstor Costabel, Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini, impuso a Moreno una pena de tres años de prisión en suspenso y seis años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.

La sentencia lo consideró autor de abuso de autoridad en concurso ideal con destrucción e inutilización de registros públicos, en relación con la manipulación de las mediciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) durante el período 2006-2007.

El eje del debate jurídico radica en el tiempo transcurrido desde la citación a juicio, dispuesta el 27 de mayo de 2019, hasta el momento de la condena en 2024. Las defensas de los imputados sostuvieron que se superó el plazo máximo de cuatro años fijado para la prescripción de los delitos atribuidos.

En la instancia previa, el tribunal oral rechazó el pedido de las defensas tras considerar que el curso de la prescripción permanecía suspendido. Para fundar esa postura, los magistrados argumentaron que la coimputada Marcela Lucía Filia mantuvo una relación laboral contratada con el organismo oficial, condición que invocaron como causal de interrupción por ejercicio de la función pública.

No obstante, la mayoría de la Sala II cuestionó la validez de ese razonamiento. El camarista Alejandro Slokar advirtió que la suspensión del plazo legal requiere que el funcionario disponga de una posición jerárquica o cercanía con el poder formal que garantice una capacidad real de interferir en la investigación. Por su parte, el juez Mariano Borinsky señaló que el tribunal de juicio no explicitó las funciones o el cargo concreto que ocupó Filia en el INDEC.

Asimismo, la propia sentencia del tribunal oral había absuelto a Filia tras reconocer la falta de precisión sobre las tareas que realizaba en el organismo, decisión que quedó firme al no ser apelada por el Ministerio Público Fiscal. Ante este escenario, la Cámara de Casación concluyó que el empleo administrativo de la exfuncionaria no constituyó un fundamento suficiente para extender la validez de la acción penal.

La investigación judicial comenzó en febrero de 2007 tras denuncias sobre la intervención del trabajo técnico en la medición de la inflación. Tras 17 años de tramitación del expediente, el Tribunal Oral Federal 2 deberá expedirse nuevamente sobre el caso y determinar si corresponde la extinción de la causa por la prescripción (paso del tiempo).

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